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Aprueban proyecto para sancionar con cárcel la especulación de precios

El proyecto de ley aprobado propone sancionar con penas de cárcel efectiva los delitos de acaparamiento, especulación y adulteración de productos en zonas declaradas en emergencia.

El proyecto de ley aprobado propone sancionar con penas de cárcel efectiva los delitos de acaparamiento, especulación y adulteración de productos en zonas declaradas en emergencia.Fuente: Andina

Este proyecto de ley fue aprobado por las comisiones de Defensa del Consumidor y de Justicia del Congreso, y solo faltaría que sea debatido en el pleno.

Las comisiones de Defensa del Consumidor y de Justicia del Congreso aprobaron hoy el proyecto de ley que propone sancionar con penas de cárcel efectiva los delitos de acaparamiento, especulación y adulteración de productos en zonas declaradas en emergencia.

Sanciones. El dictamen incorpora el artículo 233 al Código Penal, según el cual recibirá pena de cárcel –no menor de cuatro años ni mayor de seis, así como entre 180 y 365 días multa– la persona que acapare o de cualquier manera sustraiga del mercado bienes o servicios de primera necesidad, con el fin de alterar los precios, provocar escasez u obtener lucro indebido.

Dichos productos deberán hallarse consignados en los decretos supremos mediante los cuales se declara el estado de emergencia.

Asimismo, modifica los artículos 234 y 235 del Código Penal para sancionar con prisión, no menor de cuatro años ni mayor de cinco, así como entre 180 y 365 días multa, al productor, proveedor o comerciante que especule con los artículos de primera necesidad.

Más caros. También plantea imponer penas no menores de dos años de cárcel y de 90 a 180 días multa a quienes injustificadamente vendan bienes o presten servicios a precios superiores a los que constan en etiquetas; así como a quienes vendan o presten servicios con pesos o medidas inferiores a lo establecido.

De igual forma, sanciona la adulteración de la calidad de los bienes y servicios con pena privativa de la libertad no menor de uno ni mayor de tres años, y con 90 a 180 días multa.

Juan Carlos Gonzales, presidente de la Comisión de Defensa del Consumidor, destacó la aprobación de la iniciativa al recordar que la reciente escasez de algunos productos causada por El Niño costero provocó en Lima la aparición de prácticas comerciales abusivas como el acaparamiento y la especulación.

Delito existe. Agregó que, lamentablemente, el delito de especulación existe en el artículo 234 de nuestro Código Penal, pero la sanción prevista es inaplicable; mientras que el acaparamiento no existe en dicho instrumento legal, ya que en el 2008 fue derogado.

El parlamentario destacó que el dictamen incluye los aportes de la Defensoría del Pueblo y cuenta con opiniones favorables del Ministerio de Justicia, Colegio de Abogados de Lima, Aspec, entre otros.

Para entrar en vigencia, este dictamen deberá ser aprobado por el pleno del Congreso.

En esa misma línea, el la bancada fujimorista ha presentado un proyecto ley que sanciona el acaparamiento y la colusión.

El limón llegó a venderse hasta en 50 soles el kilo hace unas semanas cuando se bloquearon las vías en el norte por el Fenómeno El Niño.

El limón llegó a venderse hasta en 50 soles el kilo hace unas semanas cuando se bloquearon las vías en el norte por el Fenómeno El Niño.Fuente: Andina

En las zonas declaradas en emergencia se sancionará con cárcel la especulación y el acaparamiento de productos básicos, indica el proyecto de ley.

En las zonas declaradas en emergencia se sancionará con cárcel la especulación y el acaparamiento de productos básicos, indica el proyecto de ley.Fuente: Andina

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