Entre el 24 de marzo y el 7 de abril próximos vencen los plazos para realizar el procedimiento en la web de la Sunat.
Entre el 24 de marzo y el siete de abril vencen los plazos para presentar la declaración jurada anual de Impuesto a la Renta del año 2016, procedimiento por el cual determinaremos cuanto le debemos a la Sunat.
¿Pero cómo saber si usted está entre las 380 mil personas naturales o las 595 mil empresas que la Sunat calcula están obligadas a presentar este reporte?
Desde un sol. A partir de este año, todas las personas que deban pagar aunque sea un sol de impuesto a la renta por el 2016 en cualquier categoría o quieran usar algún saldo a su favor del 2015 estarán obligadas a presentar su declaración jurada, según explicó Mariam Valdivia, gerente de orientación y servicios de la Sunat.
"Son aquellas personas que hayan recibido rentas de primera categoría por el arrendamiento de bienes muebles o inmuebles, rentas de segunda categoría, por la enajenación de acciones, rentas de cuarta por el trabajo independiente y rentas de quinta por el trabajo dependiente", dijo.
Asimismo, si usted tiene una empresa o es un profesional que emite facturas, deberá presentar su declaración solo si está en el régimen general del Impuesto a la Renta. Ni los régimen especial ni el nuevo rus tendrán esta obligación.
Plazos. Si cumple con estos criterios, declare de una vez pues los vencimientos de plazo van desde el 24 de marzo hasta el 7 de abril, de acuerdo al último dígito de su ruc recuerde que si no lo hace, podrá recibir una multa de S/2,025 si es una persona natural y S/4,050, si es una empresa.
La Sunat explicó también que para facilitar este proceso, la presentación debe presentarse a través del portal web de la Sunat, al cual puede acceder con su clave sol. "Tenemos dos formularios virtuales el formulario virtual 703 y el formulario virtual 704, el primero para personas naturales y el segundo para la renta empresarial. Estos formularios contienen información personalizada del contribuyente"
Fraccionamiento. Si luego de presentar su declaración se da cuenta que no puede pagarla al instante, recuerde que puede fraccionar este pago hasta en 72 meses al momento de llenar su formulario. En el caso de las empresas, solo podrán hacerlo quienes hayan tenido menos de 607,500 soles de ingresos en el 2016. Y finalmente, si usted solo trabaja en planilla, respire tranquilo pues no tendrá que presentar declaración.
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