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Corte Suprema: Sentencia sobre recorte de sueldo no crea precedente

Corte Suprema: Sentencia sobre remuneraciones no es vinculante. | Fuente: RPP

El juez supremo, miembro del máximo órgano jurisdiccional, Javier Arévalo, pidió tranquilidad a los trabajadores pues el fallo emitido no es de carácter obligatorio a los demás jueces.

El presidente de la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia, Javier Arévalo, aseguró que la cuestionada sentencia de esta entidad sobre un recorte de sueldo a un trabajador, no crea precedente que permita a los empleadores reducir las remuneraciones sin el consentimiento de los mismos.

Pide tranquilidad. "Ningún impacto, los trabajadores deben estar tranquilos, porque no tiene carácter vinculante, no es doctrina jurisprudencial y por lo tanto no es de carácter obligatorio a los demás jueces. Esta sentencia no crea ninguna situación que permita a los empleadores unilateralmente reducir las remuneraciones", aseveró a RPP.

No es precedente. El juez supremo indicó que para que un fallo judicial marque un precedente, ello debe establecerse en el dictamen emitido "así lo establecemos expresamente en el texto y esta no tiene ese carácter". Agregó que ya existe jurisprudencia que facilita a la empresa la rebaja del salario siempre y cuando sea consensuada con el trabajador.

Otras normas. "Desde el año 1941 existe una ley que permite a los empleadores con acuerdo de los trabajadores reducir las remuneraciones, pero no sólo eso, también existe un texto único ordenado de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral que permite reducir los sueldos en casos objetivos, por fuerza mayor, casos fortuitos, crisis de la empresa. Pero en todos estos se tiene que consensuar con el trabajador en el caso individual o con la organización sindical en el caso colectivo y además estos acuerdos deben tener como finalidad mantener el centro laboral", enfatizó.

No le darían la razón. Añadió que de darse un recorte en la remuneración de un trabajador sin un previo acuerdo, el empleador incurriría "en un acto de hostilidad y eso lo deben tener en cuenta todos los trabajadores". Detallo que en la discutida sentencia la empresa había acordado con el trabajador la rebaja del salario que luego fue incrementada a su anterior estatus.

"Respiren aliviados todos los trabajadores con la garantía que este fallo no es una espada de Damocles para bajarles su remuneración", concluyó el magistrado.

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