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Gobierno dejó sin efecto ampliación de cobertura de seguro de riesgo

Trabajadores de actividades vinculadas a la agricultura, industria, agricultura y transporte no contarán con seguro de riesgo.
Trabajadores de actividades vinculadas a la agricultura, industria, agricultura y transporte no contarán con seguro de riesgo. | Fuente: Andina

Empresas de más de 200 nuevas actividades riesgosas no estarán obligadas a contratar Seguro Complementario de Riesgo de Trabajo (SCRT)

El gobierno retrocedió en su afán de ampliar en más de 214 el número de actividades económicas que están obligadas a brindar un Seguro Complementario de Riesgo de Trabajo (SCRT) tal como había dispuesto en el Decreto Supremo N° 043-2016-SA, publicado el 01 de enero del 2017.

Sin efecto. El dispositivo aprobado por el Ministerio de Salud (Minsa) dispone que los cambios anunciados queden sin efecto y que la lista de actividades riesgosas se mantendrá en 174.

"Déjese sin efecto la actualización dispuesta por el Decreto Supremo N° 043-2016-SA, respecto del Anexo 5 del Reglamento de la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 009-97-SA", versa el documento.

Critican medida. Al respecto, el titular de la Asociación Peruana de Empresas de Seguro (Apeseg) criticó la modificación realizada por el gobierno y detalló que solo el 9% de personas que deben contar con este seguro efectivamente lo tienen

Necesidad. Al momento de ser aprobada la norma que ampliaba las actividades económicas obligadas a tener esta cobertura, RPP conversó con el abogado laboralista Boris Sebastiani, quien saludo la medida y consideró que era momento de actualizar una lista que no se había tocado en cerca de 20 años.

El seguro. Sebastiani explicó que el SCRT cubre los gastos en caso que los trabajadores sufran un accidente en el trabajo. "Un trabajador tendría derecho a una cobertura plena quirúrgica, hospitalaria, médica ante un accidente de trabajo. Tendría una pensión de invalidez si queda inválido y si es que fallece sus herederos tendrían derecho a una  pensión de sobrevivencia", detalló.

¿Sobre costo? En su momento, el presidente de la Asociación de Exportadores (Adex), Juan Varillas, consideró que la medida perjudicaría a las empresas del sector agrícola —actividad que fue incluida en la ampliación que realizó el Minsa—  y aumentaría el costo de las exportaciones. “Es un sobrecosto laboral que resulta contradictorio a los principios del gobierno del presidente Pedro Pablo Kuczynski, quien en reiteradas oportunidades manifestó la necesidad de formalizar las empresas reduciendo los trámites burocráticos y los sobrecostos laborales y tributarios”, dijo.

Precios. De acuerdo a cifras de Apeseg, el costo mensual de la cobertura del SCRT va entre 0.9% y 1.2% y es desembolsado por el empleador. Al respecto, Sebastiani consideró que en el corto plazo podría significar un costo mayor para las empresas, sin embargo, consideró que, en casos de siniestro o muerte, las multas que tendría que asumir por no asegurar a su trabajador son mucho más costosas. 

"Porque una multa de Sunafil o una sentencia judicial de indemnización de daños y perjuicio por siniestro o muerte a la larga al empleador le va a salir mucho más caro", comentó.

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