El Poder Ejecutivo envió al Congreso el proyecto ley que busca impulsar la contratación laboral de jóvenes haciéndose cargo de los aportes a EsSalud.
El Ejecutivo envió al Congreso el proyecto de ley que promueve la contratación formal de los jóvenes de entre 18 a 29 años otorgando un subsidio en el pago de la cobertura de EsSalud.
Subsidio. Según la norma los empleadores que contraten formalmente jóvenes tienen un crédito del 100% respecto de las aportaciones regulares al Seguro Social de Salud (EsSalud) correspondiente a dichos trabajadores.
El proyecto ley N° 01104 señala que el Estado cubrirá durante los primeros tres años de contratación de estos jóvenes del pago de cobertura de EsSalud, que equivale al 9% de la remuneración del trabajador, es decir este aporte ya no lo realizará el empleador.
Impacto. En la exposición de motivos del proyecto se indica que durante los primeros 12 meses de vigencia de la norma se estima la inserción de 50,000 jóvenes en puestos de trabajo formales, lo cual demandará un gasto de 70 millones de soles.
Además, durante los siguientes tres años se crearían 150,000 empleos formales adicionales a los 50,000 del primer año.
Según la norma los jóvenes deberán ser contratados por un tiempo mínimo de seis meses. La implementación de esta ley se financia con cargo al presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
La iniciativa legal busca beneficiar a los jóvenes de entre 18 y 29 años que se incorporen por primera vez al mercado laboral formal, que se encuentren en situación de desempleo por más de 6 meses consecutivos antes del inicio de la prestacion de sus labores y se encuentren en situación de informalidad laboral.
Prohibición. En ningún caso el crédito se utiliza respecto de trabajadores que se contraten para reemplazar personal contratado con anterioridad. El incumplimiento de las referidas disposiciones genera la pérdida del crédito contra el aporte a EsSalud, por lo que el empleador deberá efectuar el reintegro de los aportes regulares correspondientes a los trabajadores contratados bajo los alcances de la presente norma, desde la fecha en la que se produjo el incumplimiento.
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