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Cinco cadenas de farmacias fueron multadas por acordar precios

Indecopi anunció que cinco cadenas farmacéuticas concertaron precios. | Fuente: ANDINA-RPP

Las cadenas farmacéuticas acordaron los precios de 36 productos de diferentes marcas durante el 2008 y 2009. La multa impuesta asciende a más 8.9 millones de soles.

La Secretaría Técnica de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del Indecopi, sancionó en primera instancia administrativa, a cinco cadenas de farmacias en el país, que concertaron precios de productos farmacéuticos durante el 2008 y 2009 en perjuicio de los consumidores de todo el país.

Farmacias y boticas. Las siete cadenas de boticas y farmacias son: Albis S.A. (Arcángel) multada con S/ 3,424,610.5, Boticas y Salud (ByS), Boticas Torres de Limatambo (BTL), Eckerd Perú (Inkafarma) sancionada con S/ 3,679,279.5, Farmacias Peruanas (Fasa) pagará una multa de S/ 1,379,261.0, Mifarma S.A.C. multada con S/ 128,967.5 y Nortfarma S.A.C (Felicidad) con S/ 372,988.5.

Sanción. La multa para las farmacias infractoras asciende a un total de 2,274,46 unidades impositivas tributarias, equivalentes a S/ 8'984,123,17, por prácticas colusorias horizontales en la modalidad de fijación concertada de precios de venta al público, a nivel nacional. 

¿Cuántos productos? De acuerdo con los resultados de las investigaciones se fijaron los precios de 36 productos farmacéuticos y afines, de diferentes marcas. Puedes ver la lista completa aquí.

Adicionalmente les ordenó desarrollar medidas correctivas para evitar reincidir en estas prácticas que afectan la libre competencia en el mercado y, por consiguiente, a los consumidores. 

Acordaron precios. La investigación empezó en diciembre del 2010. Como se sabe, la concertación de precios es una práctica sancionada por ley, porque afecta el proceso competitivo en perjuicio del libre mercado y de los consumidores. "La evidencia de la existencia del cartel se determinó con correos y archivos electrónicos", dijo el Secretario Técnico la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del Indecopi, Jesús Espinoza.

Cabe resaltar que de cada 100 soles que un peruano gasta en medicamentos, unos 88 soles se desembolsan en farmacias. 

"La concertación de precios habría impactado negativamente en los consumidores debido a que en el período investigado, el 88% del gasto de los peruanos en medicamentos fue realizado en farmacias o boticas privadas, mientras que el 12% restante lo hizo en entidades públicas como el Minsa o EsSalud y en clínicas privadas. En ese mismo período, las cinco cadenas de farmacias representaron el 72% de la venta de productos farmacéuticos", aseveró.

Según explicó Espinoza, el 61% de los productos concertados subió sus precios en 5%, el 19% subió en 10% y el resto montos menores a 5%.

Esta conducta está tipificada en el artículo 11.2 de la Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas. Sin embargo esta sanción puede ser apelada ante la Sala Especializada en Defensa de la Competencia del Tribunal de Indecopi, última instancia administrativa. Las cadenas farmacéuticas tienen 15 días para apelar y la sala 120 días para emitir su fallo.


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