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Indecopi multó a Gloria por presunta publicidad engañosa de productos deslactosados

La multa sería por presunta publicidad engañosa en sus productos lácteos Bella Holandesa, Bonlé y Gloria.
La multa sería por presunta publicidad engañosa en sus productos lácteos Bella Holandesa, Bonlé y Gloria. | Fuente: ANDINA

La Asociación Civil Más que Consumidores denunció a la compañía en abril del 2014, porque los productos Bella Holandesa, Bonlé y Gloria decían ser "deslactosados" cuando no lo eran. La resolución fue apelada por la empresa.

La empresa Gloria fue sancionada por la Comisión de Competencia Desleal del Indecopi, en primera instancia, con una multa que equivale aproximadamente a 1.5 millones de soles, por presunta publicidad engañosa de tres productos que decían ser "deslactosados", informó el presidente de la Asociación Civil Más que Consumidores, César Delgado.

Sí tenían lactosa. De acuerdo a una resolución del Indecopi del 28 de noviembre de este año, la sanción asciende a 382,77 UIT, por una probable publicidad engañosa de sus productos lácteos Bella Holandesa, Bonlé y Gloria, donde se señalaba que eran “deslactosados” o “sin lactosa” sin serlo.

Cronología. La denuncia fue interpuesta por la referida asociación de consumidores en abril del 2014, y un año después, en abril del 2015, la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal N° 1 emite su fallo en primera instancia imponiendo a la empresa una multa por la presunta comisión de actos de competencia desleal en la modalidad
de engaño, el cual fue apelado por la compañía. 

Delgado, titular del gremio de consumidores que presentó la denuncia en abril de 2014, comentó que supo que Gloria no habría apelado el extremo del fallo que señala que hicieron publicidad engañosa, sino más bien que la compañía rechazó el monto de la multa impuesta por el Indecopi.

Tras la apelación de Gloria, la Sala Especializada en Defensa de la Competencia emitió una resolución el 4 de febrero del presente año, ratificando la sanción por engaño, pero regresando a primera instancia el extremo de la resolución donde se determina el monto de la multa. 

Según Delgado, la Comisión emitió el 28 de noviembre de este año una nueva resolución, fijando en 382,77 UIT la multa.

De acuerdo con un hecho de importancia publicado por la empresa Gloria, esta última decisión ha sido apelada por ellos el 23 de diciembre de este año. 

Asimismo, Delgado comentó al diario El Comercio que la comisión tiene 120 días de plazo para emitir su fallo final.

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