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¿Qué cambia para los trabajadores durante los desastres naturales?

El Ministerio de Trabajo flexibilizó el horario de ingreso de los trabajadores y las inasistencias por los desastres naturales.

El Ministerio de Trabajo flexibilizó el horario de ingreso de los trabajadores y las inasistencias por los desastres naturales. Fuente: Andina

El Ministerio de Trabajo flexibilizó las inasistencias, pero también se permite a las empresas suspender labores hasta por 90 días sin pagar sueldos.

Los desastres naturales que afectan gran parte del país han generado algunos cambios en el ámbito laboral, que en ciertos casos favorecen al trabajador, pero en otros pueden perjudicarlo.

Entre los beneficios, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) dispuso que los días y las horas dejadas de laborar a causa de las lluvias y los huaicos no sean considerados como inasistencias o tardanzas injustificadas.

Se debe compensar. César Puntriano, abogado laboralista del Estudio Muñiz, precisó que esta medida rige del 17 al 24 de marzo, y el tiempo dejado de laborar deberá ser compensado por el trabajador.

"El comunicado (del MTPE) lo que busca es que las empresas den tolerancia en el ingreso y que cuando los trabajadores no puedan asistir a laborar debido al desastre natural, las empresas no consideren esas ausencias como injustificadas, porque cuando los trabajadores faltan injustificadamente se puede generar una causa para despedirlos", declaró a RPP Noticias.

Además, señaló que algunas empresas brindan ayuda económica o productos de primera necesidad a sus trabajadores afectados por los desastres, pero esto es algo voluntario y no una obligación.

Otras normas permiten a las empresas afectadas suspender labores hasta por 90 días sin pago de haberes.

Otras normas permiten a las empresas afectadas suspender labores hasta por 90 días sin pago de haberes.Fuente: Andina

Suspensión de actividades. Por el lado negativo, las empresas afectadas por los desastres que no puedan continuar con sus actividades, tienen la opción de suspender labores hasta por 90 días sin pagar remuneraciones a sus trabajadores.

"Durante la suspensión los trabajadores no perciben ingresos, es hasta 90 días y se tiene que informar inmediatamente a la autoridad laboral", precisó.

Otra opción complementaria a esta medida es adelantar las vacaciones al personal.

Más trabajo. Por el contrario, si la empresa necesita contratar más trabajadores para cubrir necesidades por los desastres, esto se puede hacer a través de contratos de trabajo por emergencia.  El empleador también puede extender la jornada de trabajo a través de horas extras obligatorias para atender las necesidades productivas.

"Esas horas extras son obligatorias, dice la norma, cuando exista una situación como esta, un hecho fortuito que ponga en peligro el centro de trabajo", indicó.

Finalmente, recomendó a las empresas que se encuentren cerca de las zonas vulnerables reforzar los mecanismos de seguridad y salud en el trabajo para prevenir riesgos laborales.

Las empresas pueden extender la jornada de trabajo a través de horas extras obligatorias para atender las necesidades productivas durante la emergencia.

Las empresas pueden extender la jornada de trabajo a través de horas extras obligatorias para atender las necesidades productivas durante la emergencia.Fuente: Andina

Wilfredo Angulo

Wilfredo Angulo Redactor de Economía

Periodista de Economía

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