La superintendente adjunta de Conducta de Mercados e Inclusión Financiera, Mariela Zaldívar, dijo que la SBS monitorea constantemente el sistema financiero.
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) puede sancionar hasta con 405,000 soles los cobros indebidos que realicen las instituciones del sector, señaló la superintendente adjunta de Conducta de Mercados e Inclusión Financiera, Mariela Zaldívar.
Las sanciones. Refirió que con la última resolución de la SBS, la 274-2017 publicada ayer en el diario oficial El Peruano y que entra en vigencia a partir de hoy, ya son 19 los cargos que están prohibidos a cobrar a los usuarios del sistema financiero, y que están sancionados.
“Las sanciones pueden ser consideradas leves o graves, las leves pueden ir desde una amonestación hasta 50 UIT (202,500 soles) y las graves corren desde 20 UIT (81,000 soles) hasta 100 UIT (405,000 soles)”, declaró a la Agencia Andina.
Actuación. Indicó que cuando han encontrado alguna institución realizando el cobro de una comisión que no se ajusta al marco regulatorio, proceden a un proceso administrativo sancionador.
“Las sanciones son variadas, porque se analizan algunos atenuantes o agravantes en función al impacto, porque por ejemplo, en algunos casos resulta que los cobros se quedaron en los tarifarios y no se llegaron a cobrar, sin embargo la norma dice que deben ser retirados del todo”, dijo.
Fiscalización. Además, indicó que la SBS está en “permanente monitoreo del sistema financiero” y enfatizó que todas las instituciones “están obligadas conforme a la regulación a reportar a la SBS, toda nueva comisión que vayan a implementar 45 días antes de su aplicación”.
También, aquellas comisiones que ya existen dentro de su tarifario pero a la que están haciendo algún tipo de ajuste, “tienen que ser avisadas a la SBS de manera inmediata”
Exigencias regulatorias. Señaló que la SBS revisa que todos los cargos que se cobran en las instituciones financieras cumplan con las exigencias regulatorias.
“Esto es, que ningún cargo que resulte inherente a la operación financiera, es decir aquella gestión o prestación que resulte indispensable para que el servicio financiero contratado se lleve a cabo, tenga que cobrarse”, refirió. De esta manera, dijo, el “Reglamento de Transparencia” del sistema financiero ha venido incluyendo de manera permanente diferentes cargos prohibidos, desde que se implementa la norma en 2005.
Cobro de conteo de billetes. En la víspera, la SBS publicó la resolución 274-2017 que prohíbe el cobro a los usuarios del sistema financiero, referido a la recepción o gestión de billetes y monedas, sin hacer distinción si es moneda nacional o extranjera.
“Como el conteo, la centralización, la verificación del billete, el transporte para llevarla a la bóveda de seguridad, la misma custodia en las bóvedas o cualquier otro cargo relacionado a una operación financiera”, precisó Zaldívar, que recomendó a los usuarios, que ante cualquier duda se comuniquen a la línea de la SBS 0800-10-840. (Andina)
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