El gremio industrial afirma que algunos de los fallos emitidos por el Poder Judicial han hecho aún más rígida la Legislación Laboral Peruana.
La Sociedad Nacional de Industrias (SNI) advirtió que en los últimos años algunos de los fallos emitidos en materia laboral por el Poder Judicial están desincentivando la creación de empleo formal.
Desincentivan empleo formal. Según el gremio industrial el Poder Judicial, en su función de administrar justicia, viene confundiendo los derechos constitucionales de acceso al trabajo y de protección adecuada contra el despido arbitrario, con el derecho a una estabilidad laboral absoluta, que la Constitución no contempla.
"Algunos de los fallos emitidos por el Poder Judicial en materia laboral han modificado la Legislación Laboral Peruana, a través de sus interpretaciones, haciéndola aún más rígida", criticó.
La SNI detalló, por ejemplo, que el tercer acuerdo adoptado en el V Pleno Jurisdiccional Supremo en materia Laboral y Previsional, publicado el 4 de agosto de este año en el diario oficial El Peruano, ha establecido que en los casos de despido incausado y despido fraudulento, el trabajador tiene derecho a demandar la reposición en el empleo.
Además podrá exigir el pago de una indemnización de los daños y perjuicios sufridos, incluyendo daño emergente, lucro cesante y daño moral, y ejerciendo una labor legislativa han agregado un nuevo concepto denominado “sanción punitiva”.
Más rigidez laboral. De este modo, los jueces deberán incluir el pago de una “sanción punitiva” indemnizatoria, no prevista en la ley laboral y que genera un sobrecosto equivalente al monto que la empresa dejó de pagar por concepto de AFP y/o ONP.
Este tipo de medidas, alertó la SNI, desincentivan la creación de puestos de trabajo formales, agravando el problema; lo que, a su vez, se evidencia en la cifra récord de más de 437 mil nuevos puestos de trabajo informales que se generaron en el último año.
Por ello, el gremio de industriales invocó al Poder Judicial a considerar lo antes expuesto y el efecto que sus fallos pudiesen tener a favor del empleo informal, contrario a los intereses de más del 70% de trabajadores peruanos que carecen de derechos laborales.
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