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Sueldo mínimo sube a S/ 850 desde 1 de mayo y trae más beneficios

La asignación familiar que reciben los trabajadores con hijos también se incrementará en 10 soles.
La asignación familiar que reciben los trabajadores con hijos también se incrementará en 10 soles. | Fuente: ANDINA

A fines de marzo, el presidente de la República, Ollanta Humala anunció el alza del sueldo mínimo en 100 soles, de S/ 750 a S/ 850.

Desde el 1 de mayo el sueldo mínimo para los trabajadores de la actividad privada pasará de S/ 750 a S/ 850.

Cabe recordar que a fines del mes pasado, desde Puno, el Presidente de la República, Ollanta Humala anunció el incremento del sueldo mínimo en 100 soles. Esta alza ​​​​​​​​​es la mayor alza porcentual del sueldo mínimo desde el 2000.​​

Pero este incremento además trae consigo un impacto positivo en otros salarios y beneficios laborales que reciben los empleados.

Según César Puntriano, socio del área laboral de PwC, este aumento del sueldo mínimo impactará positivamente en la asignación familiar que reciben los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada, pues este beneficio se incrementará en 10 soles de S/ 75 a S/ 85.

¿Quiénes reciben la asignación familiar?

Según el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) este monto es equivalente al 10% del sueldo mínimo, que a partir del 1 de mayo se elevará de S/ 750 a S/ 850, es decir a S/ 85.

Todos los trabajadores del sector privado tienen derecho a recibir una asignación familiar, independientemente del número de hijos que el trabajador tenga. En caso, ambos padres sean trabajadores de la misma empresa, los dos tendrán derecho al pago de esta asignación.

Y si el trabajador labora  para  más  de  una empresa, éste tendrá derecho a percibir la asignación familiar por cada uno sus empleadores. Asimismo el trabajador que tenga un hijo mayor de edad declarado incapaz hasta que su hijo alcance la mayoría de edad.

Si el trabajador tiene un hijo (a) mayor de edad cursando estudios superiores; la normativa  no excluye los  supuestos  como  que  éstos  trabajen  y estudien a la vez o que tengan hijos.

Termino del beneficio laboral

Este derecho vence cuando el dependiente llega a la mayoría de edad (18 años). Y si el hijo (a) estudia la entrega de este dinero adicional se extiende hasta que termine sus estudios superiores o cuando cumpla 24 años.

Retroactividad

Si el trabajador (a) puede demostrar que comunicó a su empleador con anticipación y que este no cumplió con el abono. 

Se incrementarán las remuneraciones de los trabajadores del sector agrario, minero y aquellos que laboren en horario nocturno.
Se incrementarán las remuneraciones de los trabajadores del sector agrario, minero y aquellos que laboren en horario nocturno. | Fuente: ANDINA

Otros efectos del alza del sueldo mínimo

Actividad agraria

La remuneración diaria de los trabajadores del sector agrario, regulada por un régimen especial se incrementará de S/ 29.26 a S/ 33.16.

Trabajo nocturno

Para los trabajadores cuya jornada laboral en horario nocturno (de 10:00 p.m. a 6:00 a.m.), la remuneración mínima que recibirán pasará de S/ 1012.50 a S/ 1147.50. Este sueldo equivale a una RMV más un adicional de 35% de la misma.

Sector minero

Asimismo, el incremento del sueldo mínimo impactará en la remuneración mínima de los trabajadores mineros, que equivale a un 25% adicional de una RMV. Actualmente es de S/ 937.50 a S/ 1062.50 desde mayo de este año.

El alza del sueldo mínimo de S/ 750 a S/ 850 es el mayor incremento porcentual desde el 2000.
El alza del sueldo mínimo de S/ 750 a S/ 850 es el mayor incremento porcentual desde el 2000. | Fuente: ANDINA

Por otro lado, Puntriano señaló que  el incremento de la RMV no solamente tendrá incidencia en aquellos beneficios sociales que se calculan respecto a la misma, esto es, las gratificaciones, la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) o la participación en las utilidades, sino también en lo siguiente:

 

Concepto
Cuantía
Monto actual
S/
Monto a partir del 1.05.2016
S/
Ingreso Mínimo Legal Minero
 RMV + 25%
 937.50
1062.50
Remuneración Diaria sector agrario
Aumenta proporcional
29.26
33.16
Remuneración periodistas colegiados
3 RMV
2,250
2,550
Asignación Familiar
10% RMV
75
85
Ingreso mínimo trabajo nocturno
RMV + 35%
1012.50
1147.50
Aporte mínimo EsSalud
9% de RMV
67.50
76.50
Aporte mínimo ONP
13% de RMV
97.50
110.50
Subvención modalidades formativas- jornada máxima
RMV
750
850
Límite vales de alimentos
2 RMV
1,500
1,700
Tope de gastos de movilidad no sustentados en comprobantes de pago (diario por trabajador)
4% RMV
30
34

 

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