La Fiscalía sostuvo que la joven se había encontrado en estado de inconsciencia y de embriaguez extrema cuando se fue con los dos sujetos.
La justicia ordenó nueve meses de prisión preventiva para el policía Freddy Alonso Fernández Chirinos y el marino Dayvi Yunior Oré Mego por el delito de violación sexual en estado de inconsciencia, a una joven mujer en un hotel de Breña, luego de salir de una discoteca el pasado 21 de diciembre en la madrugada.
La 44° Fiscalía Provincial Penal de Lima logró esta madrugada la prisión preventiva, tras presentar el sustento, a cargo de la fiscal Silvia Jacqueline Sack Ramos ante el 20° Juzgado Penal de Lima.
El Ministerio Público informó que se presentaron elementos probatorios contundentes que permitieron se declare fundado el pedido fiscal.
La audiencia empezó a las 2:30 p.m. del lunes 11 de enero y se prolongó hasta las 00:45am de este martes, debido a las impugnaciones de la defensa de ambos imputados, que fueron desestimadas por el juez debido a los elementos probatorios presentados por la Fiscalía.
La 44° Fiscalía demostró que la joven víctima se habría encontrado en estado de inconsciencia, pese a que los exámenes de ley arrojaran apenas un 0,23 g/l de alcohol en su sangre. Sin embargo, se le practicó el examen toxicológico y dosaje etílico a las 10:35 a.m., es decir más de seis horas después de los hechos, por lo cual los exámenes se sometieron a la tabla de alcoholemia (utilizada por todas las instancias de administración de justicia) que determina que el alcohol se diluye 0,12 g/l por hora.
Es decir, al momento de los hechos la víctima estuvo en un estado de embriaguez avanzado, que de acuerdo a lo establecido en el artículo 171° del Código Penal se configuraría como delito de violación de persona en estado de inconsciencia o en la imposibilidad de resistir, por existir los suficientes elementos de convicción.
La fiscal Sack Ramos informó, además, que la Policía presentó los resultados de los exámenes toxicológicos el 6 de enero a las 9:25 a.m. ante el insistente requerimiento de la fiscal, cuando para un proceso como éste dichos documentos son de gran importancia en la presentación de pruebas ante el juez.
Tampoco se había requerido el examen biológico para presencia de semen, que la fiscal solicitó y remitió oportunamente al juzgado.
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