Así lo determinó la Corte Constitucional de Colombia. Los agresores ya no podrán usar calificativos de ese tipo contra el demandante.
Utilizar calificativos despectivos para referirse a una persona homosexual es un acto de discriminación. Así lo resolvió la Corte Constitucional de Colombia tras atender el caso de Héctor Sánchez Escorcia, un hombre que era constantemente hostigado por once vecinos en Barranquilla.
El demandante solicitó protección al alto tribunal, pues sostenía que las agresiones verbales en su contra estaban violando sus derechos fundamentales. Los jueces revisaron los audios y videos en los que el agraviado era tildado de “marica”, “mariquita” y “maricón”, además de ser amenazado de muerte.
El fallo. “No resulta admisible para esta Corte que el lenguaje sea orientado de tal forma que se constituyan actos discriminatorios a través de expresiones verbales cuya motivación es la ofensa en razón de condiciones personalísimas como la orientación sexual diversa”, concluyó la Corte en su sentencia.
El fallo determina que se afectaron los derechos a la no discriminación, al libre desarrollo de la personalidad, a la igualdad y a la dignidad humana de Sánchez Escorcia. De esta manera, los jueces constitucionales ordenaron a los vecinos ponerle fin inmediato a estas acciones. Además, esta decisión deberá aplicarse a todas las personas que, en el entorno residencial, evidencien una orientación diferente de la heterosexual.
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