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Empresas en Uruguay podrán realizar pruebas de alcohol y drogas sin aviso

El decreto establece que el trabajador que
El decreto establece que el trabajador que "al ingreso o durante la jornada laboral" presente síntomas de haber consumido drogas y/o alcohol y no esté en condiciones de realizar su tarea será separado y el empleador podrá realizarle las pruebas correspondientes. | Fuente: NBC

El Ejecutivo uruguayo aprobó un decreto que prohibe el consumo y tenencia de alcohol y drogas en el trabajo y permitirá a los empleadores realizar pruebas sin previo aviso cuando lo vea conveniente.

El Poder Ejecutivo uruguayo aprobó un decreto que prohíbe el consumo y la tenencia de alcohol y drogas en el ámbito laboral y que establece los criterios que se deben aplicar tanto en el sector privado como en el público para controlar su cumplimiento, informó hoy la Presidencia del país suramericano.

El texto establece que se prohíbe el "consumo y la tenencia de alcohol y cualquier otro tipo de droga durante la jornada (...), sea en los lugares de trabajo o en ocasión del mismo".

En cuanto a los mecanismos que se aplicarán para detectar "situaciones de consumo de alcohol y otras drogas" las empresas establecerán los protocolos de forma bipartita "en los ámbitos de seguridad y salud".

En los casos en los que no se hayan estipulado esas pautas la Inspección General del Trabajo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social fiscalizará que el procedimiento se ajuste a los criterios establecidos en el decreto.

El decreto aprobado el lunes por el Ejecutivo uruguayo se basa en otros dos anteriores así como en dos leyes previas.
El decreto aprobado el lunes por el Ejecutivo uruguayo se basa en otros dos anteriores así como en dos leyes previas. | Fuente: MorgueFile

Se realizarán pruebas cuando el empleador lo vea conveniente

El documento detalla que el trabajador que "al ingreso o durante la jornada laboral" presente síntomas de haber consumido drogas y se evidencie que no está en condiciones para realizar su tarea será separado de la misma, "cualquiera que sea su categoría", y el empleador podrá realizarle las pruebas correspondientes.

"En caso de que el trabajador se niegue a la realización de la prueba de detección no podrá retornar a sus tareas hasta que no certifique estar en condiciones", añade el decreto.

En caso de que el resultado de una prueba sea positivo "se suspenderá la jornada laboral del trabajador" y el personal de salud correspondiente emitirá un informe detallando, entre otros datos, el tipo de prueba realizada para corroborar el consumo de drogas.

En caso de que un empleado reitere esta actitud, el mismo será orientado a los servicios de salud "para su diagnóstico y eventual tratamiento de rehabilitación, sin perjuicio de las sanciones que pudieran corresponder".

EFE

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