La ONPE informó que seis organizaciones políticas no presentaron su información financiera anual dentro del plazo establecido.
Diecisiete organizaciones políticas, de un total de 23 obligados por ley, cumplieron con presentar a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), hasta el 30 de junio último, su información financiera anual correspondiente año 2015, informó esta entidad electoral.
Ingresos. Las 17 organizaciones políticas reportaron en conjunto ingresos por S/ 12 061 945.85 y gastos por S/ 9 748 784.63. Según informó la ONPE, entre los partidos políticos con mayores ingresos figuran Fuerza Popular (S/ 5 744 683.68), Alianza para el Progreso (S/ 2 517 411.00), Peruanos por el Kambio (S/ 987 758.56), Partido Nacionalista Peruano (S/ 571 439.84) y Vamos Perú (S/ 528 350.00). Le siguen el Partido Popular Cristiano (S/ 425 327.16), Todos por el Perú (S/ 313 707.00), Frente Popular Agrícola FIA del Perú (S/ 266 128.40), Restauración Nacional (S/ 208 712.88), Acción Popular (S/ 207 379.00), Perú Posible (S/ 167 442.16), Perú Patria Segura (S/ 44 524.08), Partido Democrático Somos Perú (S/ 34 696.45), entre otros.
Gastos. A su vez, los gastos en conjunto reportados por las diecisiete organizaciones políticas alcanzan los S/ 9 748 784.63 durante el 2015.
Entre las organizaciones políticas con los gastos más elevados, aparecen Alianza para el Progreso (S/ 4 704 956.00), Fuerza Popular (S/ 1 382 753.48), Peruanos por el Kambio (S/ 910 243.61) y Vamos Perú (S/ 565 000.92). También aparecen Partido Popular Cristiano (S/ 441 532.35), Frente Agrícola FIA del Perú (S/ 403 203.88), Todos por el Perú (S/ 305 605.00), Partido Democrático Somos Perú (S/ 256 862.34), entre otros.
Verificación y control. La información financiera anual proporcionada por los partidos políticos será publicada en la página web de la ONPE, y sometida a verificación y control de conformidad con lo establecido en la Ley de Organizaciones Políticas y el Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios. La ONPE manifestó que en caso se acredite que una organización política ha recibido ingresos de fuente prohibida, o que la información de la contabilidad de ingresos y gastos anual, haya sido omitida, o adulterada intencionalmente, se impondrá una multa no menor de diez ni mayor de cincuenta veces el monto de la contribución recibida, omitida o adulterada.
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