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Controversia marítima: Corte de La Haya analizó Convenio de 1954

AFP
AFP

El presidente de la CIJ, Peter Tomka, remarcó que no se precisó cuándo ni qué medios fueron objeto de acuerdo, cuando se convino una frontera, por lo que advirtió un "acuerdo tácito" entre ambos países.

El presidente de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya, Peter Tomka, durante la lectura de la sentencia por el diferendo marítimo entre Perú y Chile, detalló el análisis del tribunal respecto al convenio sobre la zona especial fronteriza marítima de 1954, que el país sureño considera un tratado de límites.

Dicho acuerdo fue firmado por Chile, Perú y Ecuador, el cual -según Tomka- tuvo como objeto el establecer una zona de tolerancia para las pequeñas embarcaciones pesqueras.

Remarcó que no se precisó cuándo ni qué medios fueron objeto de acuerdo, cuando se convino una frontera, por lo que advirtió un “acuerdo tácito” entre ambos países.

“El convenio solo establece el acuerdo tácito, no indica la naturaleza de la frontera marítima ni sus dimensiones, solo que la frontera marítima va más allá de las 12 millas marítimas desde las costas", refirió el magistrado según dio cuenta la traducción no oficial.

Señaló, no obstante, que el retraso de Chile al registrar los acuerdos "no respalda" el argumento limeño de que este "no convenía importancia". “La corte concluye que esta frontera es una frontera a todos sus efectos”, precisó. 

En otro momento, Tomka recogió parte de la argumentación peruana que, dijo, no ha sido impugnada por Chile y la cual señala que la “zona impugnada” es muy rica y está ubicada en el sistema de la corriente de Humbolt.

“Tiene gran abundancia de vida marina con 18 a 20% de capturas pesqueras del mundo proveniente de este sistema”, manifestó.

Finalmente, Tomka reiteró que el acuerdo de 1952 "no determina la frontera marítima que separa las fronteras marítimas generales entre ambas partes", pero qué sí reconocen en 1954.

Debe saber que:

Perú presentó en enero del 2008 una demanda ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya en la que sostiene que la frontera marítima con Chile aún no está fijada en un tratado de límites; mientras que Santiago apela a los acuerdos pesqueros de 1952 y 1954 para alegar que la línea divisoria ya se encuentra definida.

Las dos naciones culminaron en diciembre de 2012 la etapa oral del contencioso jurídico que mantienen en el tribunal internacional.
 
En la demanda, el Perú solicita determinar el curso del límite marítimo de conformidad con el derecho internacional ante la inexistencia de un tratado, precisando que debe iniciarse en el Punto Concordia, punto en que la frontera terrestre llega al mar.

El planteamiento contempla el trazado de una línea equidistante a partir de las costas de ambos países a fin de lograr una solución equitativa.

Chile, basándose en la declaración de Santiago de 1952 y el convenio de zona especial fronteriza marítima de 1954, sostiene que ambos estados acordaron una delimitación marítima que comienza en la costa y continúa a lo largo del paralelo geográfico que pasa por el hito Nº 1.


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