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¿Por qué es importante que los delitos de corrupción no prescriban?

Los delitos de corrupción más recurrentes en el Perú son la colusión y el cohecho.
Los delitos de corrupción más recurrentes en el Perú son la colusión y el cohecho. | Fuente: Freepik

El Congreso aprobó en primera votación una reforma constitucional para que los casos de corrupción graves o recurrentes no evadan proceso penal.

El Pleno del Congreso de la República aprobó esta tarde un proyecto de ley que volvería imprescriptibles los delitos de corrupción. Esto quiere decir que algunos actos de corrupción que cometan los funcionarios públicos ya no quedarían impunes por haber vencido el plazo para su juicio.

Actualmente, el artículo 41 de la Constitución establece que no se podrá procesar por estos delitos cuando haya transcurrido el doble del tiempo máximo de la pena prevista. Por ejemplo, para un caso de peculado, cuya pena máxima es de diez años de prisión, es posible evadir la sanción si es que han pasado 20 años sin que se inicie un juicio.

Importancia. ¿Por qué es importante que algunos delitos contra la Administración Pública o el patrimonio del Estado no prescriban? Según la Contraloría General de la República, por lo menos el 2013 se calculaba que estas conductas ilícitas generan pérdidas anuales al Estado por un monto total de hasta 10 mill millones de soles.

Con la nueva modificación, que fue respaldada por 111 legisladores, la prescriptibilidad sería eliminada cuando se trate de actos graves o recurrentes. Estos incluirían el peculado, la colusión y el cohecho.

- El peculado se castiga con dos hasta diez años de prisión. Se configura cuando el funcionario o servidor público aprovecha para sí mismo o para terceros cercanos a él los objetos que le son encargados para su gestión. En el caso del peculado de uso, la modalidad se sanciona con hasta cuatro años de pena privativa y se configura con la utilización de vehículos o máquinas de la administración pública para fines personales.

- La colusión es sancionada con tres hasta 15 años de pena privativa de la libertad. Consiste en el uso del poder como funcionario público para defraudar económicamente al Estado mediante la concertación con terceros en convenios, liquidaciones o suministros previstos en contratos o licitaciones públicas.   

- El cohecho es reprimido con hasta seis años de prisión. Se trata de la recepción de dinero u otro beneficio indebido por parte del funcionario a cambio de favores o ventajas hacia un tercero. 

Aún no será vigente. Sin embargo, esta ley tiene la categoría de reforma constitucional y no entrará en vigencia de inmediato. Cuando el Congreso formula algún cambio en la Constitución se activan dos opciones. La primera exige que la propuesta aprobada se someta a referéndum o a consulta popular.

La segunda opción, y también la más común, es que sea aprobada por segunda vez sucesiva en el siguiente periodo parlamentario. En este último caso, el número de votos mínimo debe superar los dos tercios del número legal de congresistas.

La legislatura del Congreso actual terminará el 15 de junio y la que sigue iniciará el 27 de julio. Las leyes de reforma constitucional no pueden ser sometidas a observación por el Poder Ejecutivo.

El Congreso deberá aprobar la reforma constitucional en su próxima legislatura, que inicia en julio.
El Congreso deberá aprobar la reforma constitucional en su próxima legislatura, que inicia en julio. | Fuente: Andina

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