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Ferrero sobre ley de publicidad en medios: "Esta norma no se ajusta a la Constitución"

El abogado comentó que podría tardar un año el proceso de acción de inconstitucionalidad si se presenta ante el Tribunal Constitucional.
El abogado comentó que podría tardar un año el proceso de acción de inconstitucionalidad si se presenta ante el Tribunal Constitucional. | Fuente: Andina

El exdecano emérito del Colegio de Abogados de Lima se pronunció en contra de la la ley aprobada en el Congreso y explicó el proceso que seguirá una eventual acción de inconstitucionalidad.

El exdecano emérito del Colegio de Abogados de Lima, Raúl Ferrero, explicó este jueves cómo se implementará el proyecto de ley que regula el gasto de la publicidad estatal en los medios de comunicación y cuya insistencia fue aprobada por el Pleno del Congreso.

En declaraciones a Conexión de RPP Noticias, comentó que la ley entrará en vigor tras su publicación en el diario oficial El Peruano. Además, consideró que la norma planteada por Mauricio Mulder (APRA) “no se ajusta a la Constitución”, pues va en contra de sectores que deben expresarse libremente y se les está cortando la posibilidad de contratar con el Estado.

“(Este proyecto) tiene que ser publicado y al día siguiente entra en vigor. Creo que esta norma desafortunadamente no se ajusta a la Constitución, ha ido más lejos de lo debido por invadir esferas que corresponden a sectores que tienen derecho de poder expresarse libremente y a los que se les está impidiendo contratar publicidad”.

Lima

Ferrero

Proceso de Acción Constitucional 

Ferrero se refirió también a la posibilidad de que el gobierno de Martín Vizcarra presente una acción de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional por esta norma y dijo que el proceso podría demorar aproximadamente un año. Sin embargo, dijo que se tendría que tener en cuenta la posición del Parlamento que buscará defender la ley.

“Estimar un plazo es muy difícil; sin embargo, se puede decir que aproximadamente puede ser un año (…) es muy difícil decir cuánto demora porque depende de la actitud de la otra parte, el Congreso va a tratar de defender su ley que acaban de aprobar”.

Agregó que la medida no solo puede ser presentada por el Gobierno, sino también por el fiscal de la Nación, el Defensor del Pueblo o el 25% del número legal de parlamentarios.

En el caso de los colegios profesionales, explicó que la Constitución les permite plantear la acción siempre y cuando esta tenga que ver con su especialidad. Respecto a la intervención ciudadana, dijo que 5,000 ciudadanos cuyas firmas legales hayan sido verificadas por el Jurado Nacional de Elecciones, podrían plantear la demanda ante el TC.

Sobre medidas de amparo 

El abogado también dijo que algunos medios podrán plantear medidas de amparo a fin de que la ley aprobada no les afecte. Sin embargo, precisó que estas medidas no son genéricas y solo sirven a quienes la presenten.

“El amparo y la medida cautelar solo se aplican a quienes la interponen, no es genérica. Un medio podría perfectamente plantear una acción de amparo y si consiguen interponer la medida cautelar no se aplica”.

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