Actualmente ninguna persona que cumple condena puede verse beneficiada con esa medida. Sin embargo, un proyecto de ley propone ciertos cambios.
El congresista independiente Roberto Vieira presentó este lunes un proyecto que pretende modificar la ley penal para que los presos mayores de 75 años terminen sus condenas en casa. Para esto, propone crear una figura especial de prisión domiciliaria.
De ser aprobado, uno de los beneficiados sería el expresidente Alberto Fujimori, quien fue sentenciado a 25 años por delitos considerados de lesa humanidad. ¿Qué cambios legales propone el proyecto y cómo se aplicarían en el caso de Fujimori? RPP Noticias te lo explica.
El proyecto. Actualmente, las personas condenadas solo pueden salir de prisión por medio de un indulto otorgado por el Gobierno o la liberación condicional. La propuesta de Vieira pide incorporar un nuevo artículo al Código de Ejecución Penal. Este crearía la figura de “liberación condicional por edad” para quienes tengan, además de la tercera parte de la pena cumplida, una enfermedad o estado de salud de pronóstico “delicado”.
Un tercer requisito sería que la persona acredite tener un lugar de residencia y atención por parte de su familia. En sus disposiciones complementarias, el proyecto fija excepciones: la norma no podría aplicarse a personas condenadas por terrorismo, violación sexual y tráfico ilícito de drogas.
"Inconstitucional". El secretario general de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH), Jorge Bracamonte, dijo a RPP Noticias que la propuesta de Vieira atenta contra la Constitución y la institucionalidad del país. “Contraviene los compromisos del Estado peruano sobre los mecanismos de justicia supranacional que reconocen la declaración de delitos de lesa humanidad. Además, no puede servir para interpretar los procesos ya dados por el Sistema de Justicia en el país”.
Bracamonte explicó que el proyecto "tiene nombre propio" y eso lo desacredita desde el principio. “Los requisitos que presenta, claramente, apuntan a Alberto Fujimori. De ser aprobada la norma, se aplicaría a muy pocos. La norma vigente tiene un propósito y la sentencia (a Fujimori) es bastante clara. Los responsables por delitos de lesa humanidad no pueden acceder a beneficios penitenciarios. Son temas de justicia ya cerrados".
"No hay impedimento". El abogado penalista y exdefensor de Fujimori, César Nakazaki, explicó a RPP Noticias que basta la aprobación y promulgación del proyecto de ley de Vieira para que el expresidente sea beneficiado. "Fujimori no tendría impedimento alguno. No tiene condena por lesa humanidad, sino por delitos comunes y el Tribunal Constitucional ya lo aclaró expresamente. La mención de lesa humanidad no tiene ningún efecto para el Derecho nacional".
Sobre el proyecto en sí, aclaró que el Congreso tiene las atribuciones para legislar en materia penal. "El objeto de la norma es variar la forma de ejecución de la pena privativa de la libertad. Con toda tranquilidad, el Congreso puede modificar la norma".
Regulación vigente. La figura vigente que guarda similitud con la propuesta de Vieira es la detención domiciliaria, regulada por el artículo 209 del Código Procesal Penal de 2004. Esta únicamente funciona para los procesados que aún no han recibido sentencia. Además, implica el cumplimiento de requisitos como tener más de 65 años, padecer de alguna enfermedad grave o incurable, sufrir de alguna discapacidad física grave o ser una mujer gestante.
Para la detención domiciliaria también es necesario que el juez se asegure que no existirá peligro de fuga ni obstaculización al proceso. Una vez otorgada, la persona cumplirá el tiempo de la orden de prisión preventiva en casa con custodia de la Policía o de otra institución o persona designada. Sin embargo, esta medida especial puede revertirse por disposición del juez.
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