El abogado penalista Julio Rodríguez explicó este caso y dio su versión sobre la validez de las interceptaciones telefónicas a Ollanta Humala y a su entorno.
La difusión de interceptaciones telefónicas a Ollanta Humala y a su entorno -que revelaron el pago a testigos para que cambien su versión en el caso Madre Mía- ha puesto sobre el tapete la posibilidad de reabrir este proceso, en el que salió absuelto el exmandatario.
El líder nacionalista ha salido a denunciar ‘chuponeo’ en su contra y hasta acusa al gobierno de Alan García de estar al tanto de este ilícito. Si bien reconoció su voz en los audios, Humala apuntó que esta es prueba ilícita y no puede ser usada en proceso alguno en su contra. ¿Es así?, ¿el proceso no puede reabrirse?
¿Cosa juzgada? En diálogo con RPP Noticias, el abogado penalista Julio Rodríguez fue claro en señalar que el caso Madre Mía “es cosa juzgada” y que el proceso ya está cerrado. El letrado dijo que se podía haber presentado un recurso “de cosa juzgada fraudulenta”, pero el plazo para esto, de seis meses, ya venció.
“Yo lo que tengo que decir clarísimo es que el derecho que tenemos en un estado democrático a la libertad de las comunicaciones, a la reserva y privacidad de las mismas solo puede ser levantado por orden judicial”, comentó Rodríguez.
Los audios en cuestión fueron obtenidos en el marco de las interceptaciones telefónicas al terrorista ‘Artemio’, para lo cual sí había una orden judicial. Sin embargo, las escuchas fueron derivando hasta el entorno de Ollanta Humala, y esta semana se hicieron públicas.
¿Qué debió hacer el fiscal? Rodríguez dijo que el fiscal del caso no podía convalidar estos audios ya que fueron conseguidos en interceptaciones no autorizadas. Aunque -según él- lo que debió haber hecho es decirle a la Policía que informe a otro fiscal sobre esto, a fin de que inicie un procedimiento y recién ahí autorizar las escuchas a Humala y a su entorno. Pero eso no pasó.
“Ya la escucha que estaba haciendo la Policía era ilícita, porque estaba traspasando los márgenes de autorización del juez”, comentó el abogado, quien explicó que la autorización judicial de hacer interceptaciones telefónicas debe tener una restricción y no ampliarse a otras personas ajenas al caso original, por más que se detecte algún ilícito.
“El problema es que se amplía demasiado. Si yo permito eso en un estado democrático, cuando le autorizo el levantamiento a una persona, puedo acabar levantándole las comunicaciones a miles, y esto no puede ser”.
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