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¿Te quieres jubilar de la AFP a los 50 años? Estos son los requisitos que deberás cumplir

Esta norma fue rechazada por el Poder Ejecutivo y ahora vuelve a ponerse como opción legal antes de la edad de jubilación.
Esta norma fue rechazada por el Poder Ejecutivo y ahora vuelve a ponerse como opción legal antes de la edad de jubilación. | Fuente: Andina

Congreso revivió la jubilación anticipada para trabajadores que estén doce meses desempleados. Sepa los detalles para acogerse este régimen especial.

Luego de tres meses, el Régimen Especial de Jubilación Anticipada (REJA) fue revivido por el Congreso de la República y —si es que el Poder Ejecutivo no la observa— permitirá que personas desempleadas afiliadas a una AFP puedan jubilarse a los 55 años en el caso de varones y 50 en el caso de mujeres, pero cumpliendo nuevos requisitos.

¿Cuáles son?

REJA

Para acogerse a esta jubilación el afiliado tiene que demostrar haber sido cesado en un plazo igual o mayor a doces meses.

Pero, como en la mayoría de los casos es imposible vivir un año sin tener ingresos, la norma indica que las personas que hayan seguido laborando en dicho periodo podrán acreditar un máximo de 7 UIT (S/29,450 en el 2019) de ingresos por recibos por honorarios.

En el caso de este tipo de jubilación anticipada, los afiliados recién podrán tener una redención del Bono de Reconocimiento (Si es que el afiliado alguna vez aportó a la ONP) a los dos años de haberse jubilado, al cumplir los 65 años o lo que ocurra primero.

Jubilación anticipada ordinaria

En el caso de la jubilación anticipada ordinaria, para personas que aún se encuentra trabajando, pero quieren pasar al retiro, los requisitos también han cambiado.

Los varones desde los 55 años y las mujeres desde los 50 que quieran acogerse tienen que acreditar que su fondo de pensiones le puede garantizar una pensión igual o superior al 40% de su sueldo promedio de los últimos diez años.

Así, si una persona tiene un sueldo promedio de S/3,000 soles en diez años, su fondo de pensiones tiene que garantizarle una pensión de al menos S/1,200 mensuales pra poder acogerse.

En caso la persona haya tenido aportes voluntarios con o sin fin previsional durante su época laboral, solo entrarán en ese cálculo cuando representen hasta el 20% del total del fondo y tengan al menos 9 meses de haber sido depositados.

Al igual que el REJA, la redención del bono de reconocimiento se hará a los dos años de acogido, a los 65 años o lo que ocurra primero

Cobertura de Essalud

En cualquiera de los dos regímenes, el 4.5% del fondo de pensiones de un afiliado debe ir al Essalud y este aporte a la seguridad social debe ser transferido por las AFP en un plazo máximo de 30 días hábiles.

Restricciones

Los afiliados a las AFP que hayan hecho un aporte voluntario 3 meses antes de pedir cualquier tipo de jubilación anticipada no podrán acogerse a este régimen.

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