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Blancas: No se puede legislar en función de un segmento de la población

El exministro de Trabajo, Carlos Blancas indicó que se ha expedido una ley que solo es aplicable a personas entre 18 a 24 años, lo que significa una infracción a la Constitución y debería ser derogada.

"Es una ley discriminatoria y por lo tanto inconstitucional, porque viola el artículo 103 de la Constitución que señala que se puede expedir leyes especiales, solo por la naturaleza de las cosas y no por la diferencia de las personas", sostuvo el ex ministro de Trabajo, Carlos Blancas.

Así se refirió al criticado nuevo Régimen Laboral Juvenil para jóvenes de entre 18 a 24 años, oficializado hace una semana.

"Aquí se ha expedido una ley, por la diferencia de las personas, es decir una ley que solo es aplicable a personas entre 18 a 24 años, por eso esta ley es un manifiesto error del gobierno y una clarísima infracción a la Constitución y debería ser derogada", indicó.

Agregó que en el país ya existen dos leyes para combatir la informalidad, una de ellas del 2003, la Ley Mype.

"La legislación de la microempresa es exactamente igual a esta que se ha dado para el sector juvenil. Sin embargo a la fecha de un millón de microempresas sólo se formalizó el 10 por ciento. Teniendo un régimen como este, sin gratificación, sin CTS, sin participación en las utilidades", señaló.

Indicó que si las empresas no se formalizaron no se debió a un problema en la legislación laboral sino a factores tributarios, administrativos, entre otros. 

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