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Deudas: ¿Cuántas personas serían beneficiadas con la ley que facilitaría el pago de préstamos?

Para aplicar esta ley, los bancos tendrán que reducir las tasas de interés y/o establecer la condonación de una o varias cuotas de pago de la deuda.
Para aplicar esta ley, los bancos tendrán que reducir las tasas de interés y/o establecer la condonación de una o varias cuotas de pago de la deuda. | Fuente: Andina

La nueva ley, promulgada este miércoles, promete ayudar a las personas con problemas para cancelar sus deudas. Esta iniciativa incluye un cambio en la reprogramación, condonación y congelamiento de deudas.

Ya fue promulgada y publicada la ley que permitiría la reprogramación de deudas con la reducción de tasas de interés y la condonación de una o varias cuotas de pago.

Esta iniciativa, creada en consenso con el Congreso de la República y el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), indica que ahora la reprogramación de créditos tendría una garantía del Estado para aquellos clientes con calificación de riesgo normal o con problemas potenciales, es decir, que no tuvieran más de 30 días de atraso en sus pagos a fines de febrero.

¿A cuántos beneficiaría?

De acuerdo con el presidente de la Comisión de Economía del Congreso, Anthony Novoa, esta norma beneficiaría a más de 7.5 millones de personas.

Por su parte, el director general de Mercados Financiero y Previsional Privado del MEF, Oscar Graham, dio nuevas estimaciones.

El especialista indica que este programa podría apoyar a aproximadamente 7 millones de deudores, si se calcula la cantidad de deudores existentes.

"Cuando vemos el número de deudores que incluye créditos de consumo, estamos hablando de cerca de 5 millones, si a eso le sumamos los 1.3 millones de micro y pequeñas empresas que son las que no han accedido a reactiva y son las que podrían calificar, más los que son de créditos hipotecarios podrían sumar alrededor de 80 mil, más los de créditos vehicular", calculó.

Sin embargo, señaló no todos entrarían al programa, pues deberá ser evaluados en funciona su capacidad de pago. También deben cumplir con los requisitos señalados en la norma:

  • En el caso de créditos de consumo se aplicará a quienes tengan deudas no mayores a S/10,000.
  • Para créditos hipotecarios el monto de la deuda debe ser no mayor a S/250,000 y solo si se trata de su primera vivienda.
  • Las MYPES podrán acceder al programa si su crédito total es no mayor a S/20,000.
  • En el caso de créditos vehiculares el monto de origen del crédito debe ser no mayor a S/50,000.

"Esta medida está dirigida a quienes realmente necesitan un alivio, es una medida focalizada. Conserva, preserva la cultura de pago, que es la base del crecimiento de un sistema financiero solido", comentó.

El funcionario del MEF señaló que se estarán incluyendo a clientes de todas las entidades financieras, como las cajas rurales y municipales formales.

"Hemos ampliados el número de beneficiarios porque precisamente en esas entidades está la mayor concentración de créditos a las micro y pequeñas empresas, y además tiene una gran participación de créditos personales y de consumo", explicó.

No podrán acceder quienes hayan recibido apoyo de Reactiva PeruFAE-MYPE, FAE-AGRO, FAE-TURISMO, el Programa Mivivienda u otros similares.

Además, no pueden aplicar quienes tengan deudas tributarias pendientes con la Sunat, mayores a 1 UIT, equivalentes S/4,300.

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