Falta pocas horas para que inicie el Año Nuevo y el primer feriado del 2021, pero para algunas personas este será un día más de trabajo. Conoce cómo calcular la remuneración que recibirás si debes trabajar hoy 31 de diciembre, día no laborable, y mañana 01 de enero.
Hoy 31 de diciembre es un día no laborable compensable y mañana 01 de enero de 2021 es el feriado correspondiente a Año Nuevo, pero para algunos trabajadores son días de trabajo regulares.
Si tras en estas fechas te sugerimos saber cómo se debe calcular el pago de cada uno de estos días por ley.
¿Cuánto pagan el feriados?
En caso trabajes mañana feriado, 01 de enero, debes tener en cuenta que recibirás una triple remuneración si eres un trabajador formal.
"Una por el feriado, otra por el trabajo realizado y una tercera remuneración por haber laborado en día feriado, sin descanso sustitutorio posterior", explicó la Cámara de Comercio de Lima (CCL).
- Por ejemplo: Si el trabajador gana S/1,500 mensuales (es decir, S/50 diarios) y debe trabajar el día feriado y no toma un día de descanso en reemplazo tendrá que recibir tres pagos por ese día de trabajo: S/50 x 3 = S/150.
Sin embargo, si el empleado decide acordar con su empleador un descanso para reemplazar ese día entonces solo percibirá una doble remuneración: Una por el feriado y otra por el trabajo realizado ese día.
¿Cuánto pagan el día no laborable?
El 31 de diciemnre es uno de los días no laborables compensable dictados por el Gobierno. Estos se aplican con cargo a compensación posterior.
"En el sector público la forma de compensar los días no laborables, será establecida por cada una de las entidades públicas a las que pertenecen", señala la CCL.
Los empleados del sector privado que decidan no laborar el 31 de diciembre deben acordar con el empleador cómo compensarán el día no trabajado. Es decir, pueden descontarle un día de sus vacaciones o un día de su remuneración mensual.
"En estos casos, el empleador está haciendo uso de su facultad de dirección y modificación de las condiciones, siempre que esta no sea una decisión arbitraria. Si el trabajador pide permiso, este podrá ser considerado a cuenta de vacaciones si ambas partes están de acuerdo, debiendo establecerse este acuerdo por escrito", comenta Susy Olaechea, socia de Legalcor Abogado.
Los trabajadores que sí realicen sus labores ese día percibirán su remuneración normal, sin sobretasa adicional.
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