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Graña y Montero, JJ Camet e ICCGSA serán investigadas por caso Interoceánica

Juzgado determinó que socias de Odebrecht sean parte de investigación preparatoria del Ministerio Público.
Juzgado determinó que socias de Odebrecht sean parte de investigación preparatoria del Ministerio Público. | Fuente: Difusion

El juez Richard Concepción Carhuancho falló a favor del Ministerio Público para incluir a firmas en investigación preparatoria.

El Poder Judicial declaró fundado el pedido de incluir a las empresas Graña y Montero, JJ Camet e ICCGSA en la investigación por los presuntos casos de corrupción de dos tramos de la carretera Interoceánica Sur, en la cual hasta ahora solo se había incluido en calidad de investigada a la brasileña Odebrecht.

De acuerdo con el fallo del juez Richard Concepción Carhuancho, para incluir a una empresa como parte de una investigación se tienen que tomar en cuenta condiciones similares a las que se usan para las personas naturales. En este caso, se habría tomado en cuenta que existan altas probabilidades de que las empresas reciban alguna de las sanciones establecidas en los artículos 104 y 105 del Código Penal.

No obstante, aclara que esta decisión de incluirlas no implica que las empresas vayan a recibir sanciones, ya que las empresas tendrán que pasar por el proceso de investigación.

Graña apelará

Tras conocer el fallo, la empresa Graña y Montero indicó en un hecho de importancia a la Superintendencia de Mercado de Valores (SMV) que apelarán el fallo del juez Concepción Carhuancho ya que consideraron que la medida no tomó en cuenta los alegatos de su defensa.

“Consideramos que el Juez no ha evaluado los requisitos necesarios para la incorporación, ni ha analizado ninguno de los argumentos expuestos por nuestra defensa; apelaremos la decisión”, señaló la empresa.

ICCGSA aclara

Por su parte, también en una comunicación con la SMV, la empresa ICCGSA indicó que la resolución no supone que la empresa vaya a recibir una sanción, sino que es parte de un proceso que seguirá su curso.

 “Esta decisión constituye, simplemente, el emplazamiento e incorporación de las compañías al proceso, no significa la imposición de una consecuencia accesoria o sanción", detalló la firma.

 

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