En el caso de Cineplanet la resolución estará vigente desde el 17 de marzo y en el caso de Cinemark, desde el 21 de este mes.
La Sala Especializada en Protección al Consumidor (SPC) del Tribunal del Indecopi aclaró las condiciones con las que se aplicarán las resoluciones que obligaban a Cineplanet y Cinemark a dejar que los usuarios que van a sus salas puedan ingresar con alimentos adquiridos fuera.
Así, la cadena Cineplanet deberá acatar la resolución desde el próximo sábado 17 de marzo y la cadena Cinemark deberá hacerlo desde el miércoles 21. Como se recuerda, el Indecopi aplazó la entrada en vigencia de la resolución tras el pedido de las salas de cine de aclarar las medidas correctivas.
Alimentos similares
Indecopi detalló que los consumidores pueden ingresar a las salas de cine con los mismos alimentos y bebidas que se venden en las confiterías de ambas cadenas. Por ejemplo, si Cineplanet o Cinemark vendieran cancha salada, cancha dulce, gaseosas, sánguches de hot dog y helados, por citar algunos productos, los consumidores podrán ingresar con dichos alimentos provenientes del exterior de los locales.
Otras marcas
Asimismo, los productos que ingresen los consumidores pueden ser de diferente marca de aquellos que expenden los cines, siempre y cuando se trate del mismo tipo de producto. Por ejemplo, si Cineplanet o Cinemark vendieran chocolates de marca A, el consumidor podrá ingresar a las salas con chocolates de marca B, C o D.
Publicar listas
El ente regulador recomendó que Cineplanet y Cinemark deberán establecer la medidas idóneas para que se cumplan las medidas correctivas. Por ejemplo, podrían elaborar y publicar en sus páginas web, así como en la entrada de sus salas de cine, una lista de todos los alimentos y bebidas que comercializan, para así informar claramente al público cuáles son aquellos productos que permitirán ingresar a sus salas de cine, de manera indefectible.
No incluye salas prime
Respecto de las salas tipo Prime, si bien en las denuncias y en las resoluciones no se hace mención expresa sobre dichos tipos de salas, la SPC aclara que las medidas correctivas ordenadas no alcanzan a dicho formato, por tratarse de un modelo de negocio distinto de las salas de cine regulares. Además, indicaron que medidas solo se aplicarán a ambas cadenas.
Se reanuda plazo. El plazo para el cumplimiento de las medidas correctivas se reanuda a partir del día siguiente de notificadas las resoluciones que se pronuncian sobre los pedidos de aclaración y, en tal sentido, Cineplanet tiene hasta el día 16 de marzo de 2018 para cumplir con lo ordenado por el Indecopi, y Cinemark hasta el día 20 de marzo de 2018 para hacer lo propio.
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