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MTPE alerta: Call center en San Isidro y colegios en La Molina incumplen normas laborales

Sunafil realizó estas supervisiones en la primera semana de octubre.
Sunafil realizó estas supervisiones en la primera semana de octubre. | Fuente: Andina

La Sunafil realizó inspecciones en dichos distritos y encontró que algunos centros de trabajo vulneraban derechos de sus trabajadores.

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) realizó el operativo “Perú Formal” de fiscalización, a través de la Sunafil, donde se encontró que las empresas de call centers y diversos colegios estarían incumpliendo el pago de los derechos de sus trabajadores.

Call center

Así, el martes 2 de octubre se detectó que una empresa de call center en San Isidro, que brinda servicio a transnacionales, tiene a la mayoría de sus trabajadores contratados por una microempresa y no por la compañía donde ellos desempeñan su labor.

Con ello, solo reciben una remuneración mínima mensual y 15 días de vacaciones anuales, por lo que su empleador estaría eludiendo el pago de otros derechos laborales que le corresponde a este personal.

Asimismo, en el cruce de información previo a la inspección, se detectó que alrededor de 80 trabajadores no se encontraban registrados en planillas como trabajadores sino que eran declarados como locadores de servicios. Es decir, estarían ocultando el vínculo laboral, además de no respetar las condiciones de este tipo de contrato, que implica no estar subordinado a la empresa.

Fiscalización en colegios

De otro lado, el jueves 4 de octubre la Sunafil inspeccionó varios colegios del distrito de La Molina, encontrando que muchos docentes a tiempo completo están registrados como locadores de servicios, debiendo estar inscritos como trabajadores en planilla para gozar de sus beneficios laborales y contar con seguro de salud.

Estas empresas, de call centers y educativas, ingresaron a un período de investigación, el que puede durar como máximo 20 días hábiles. Durante esta etapa, la Sunafil no puede revelar los nombres de estas empresas intervenidas y, más bien, estas pueden subsanar la situación contractual del personal que estaría indebidamente sujeto al régimen de ‘locación de servicios’.

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