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Osinergmin emite opinión a favor del contrato del Nodo Energético del Sur

Andina / Referencial
Andina / Referencial

Entidad informó que no encontró observaciones en el ámbito de su competencia, al considerar que dicho documento, no debilita sus funciones regulatorias.

El Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) determinó que las condiciones contractuales del proyecto Nodo Energético en el Sur del Perú no debilitan sus funciones regulatorias.

Según la Agencia Promoción de la Inversión Privada (ProInversión), Osinergmin no encontró, en la versión final del contrato del mencionado proyecto, observaciones en el ámbito de su competencia al considerar que dicho documento, con amparo legal en la Ley N° 29970 y su reglamento aprobado (DS N° 038-2013-EM), no debilita sus funciones regulatorias.

Osinergmin remarca que el contrato tiene por objeto establecer compromisos al adjudicatario de la licitación, y al respectivo operador del Proyecto, de construir, mantener y poner en funcionamiento dos plantas de generación termoeléctrica dual en el sur del país.

Igualmente, el operadora deberá operarlas de acuerdo a las condiciones estipuladas en el contrato que tendrá vigencia de 20 años, desde la puesta en operación comercial.

Anteriormente, ProInversión informó que tanto Ilo (Moquegua) como Mollendo (Arequipa) acogerán una central una central termoeléctrica de 500 MW, debido a que en ambos lugares se cumplen con los requerimientos técnicos necesarios para la operación eficiente de estas centrales, pues existe cercanía al sistema eléctrico nacional y a un terminal de combustibles.

Ambos departamentos cuentan con las temperaturas adecuadas para la operación eficiente de estas centrales.

ANDINA

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