Buscar
RPP Noticias
Estás escuchando En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Chiclayo
96.7 FM / 870 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La informacion mas relevante de la actuaidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
Entrevistas ADN
Mario Vargas Llosa nunca eludió su compromiso con el Perú, destacó Pedro Cateriano Bellido
EP 1696 • 05:25
Las cosas como son
Los primeros 88 años de la vida de Mario Vargas Llosa
EP 343 • 02:12
El Club de la Green Card
Los 3 subsidios que pueden ayudarte a tramitar tu ciudadanía en EE.UU.
EP 9 • 02:04

Promulgan modificación de ley para expansión de telecomunicaciones

La norma hace énfasis en las áreas rurales y de preferente interés social y zonas de frontera, a través de la adopción de medidas que promuevan la inversión privada en infraestructura necesaria para la prestación de esos servicios.

El Poder Ejecutivo promulgó la modificación de la Ley para la Expansión de Infraestructura en Telecomunicaciones, teniendo por objeto establecer un régimen especial y temporal en todo el territorio nacional, para la instalación y expansión de los servicios públicos de telecomunicaciones.

La norma hace énfasis en las áreas rurales y de preferente interés social y zonas de frontera, a través de la adopción de medidas que promuevan la inversión privada en infraestructura necesaria para la prestación de esos servicios.

Asimismo, dispone medidas que faciliten dichas actividades y que eliminen las barreras que impidan llevarlas a cabo.

Declárase que los servicios públicos de telecomunicaciones son de interés nacional y necesidad pública, constituyéndose como base fundamental para la integración de peruanos y el desarrollo social y económico del país.

Así, los permisos sectoriales, regionales, municipales, o de carácter administrativo en general, que se requieran para instalar en propiedad pública o privada la infraestructura necesaria para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones se sujetan a un procedimiento administrativo de aprobación automática.

LABORES DE FISCALIZACIÓN

Para este fin se debe presentar un plan de trabajo de obras públicas, de acuerdo a las condiciones, procedimientos y requisitos que se establezcan en las normas reglamentarias o complementarias de la presente Ley.

En el marco de sus competencias, dichas entidades realizan las labores de fiscalización necesarias para asegurar la correcta ejecución de las obras que afecten o utilicen la vía pública.

Las tasas o derechos, que resultasen exigibles para la obtención de los permisos o autorizaciones, deberán corresponder a los costos reales en los que incurren las entidades de la administración para su otorgamiento.

La presente Ley rige por un período de diez años, computados a partir de la vigencia de la Ley 29868, Ley que Restablece la Vigencia de la Ley 29022, Ley para la Expansión de Infraestructura en Telecomunicaciones.

En el plazo de sesenta días hábiles, las municipalidades modificarán su texto único de procedimiento administrativo, adaptando sus procedimientos administrativos a las modificaciones dispuestas en esta Ley.

La no adecuación en el plazo señalado no impide el cumplimiento de las disposiciones modificadas por la  presente Ley.

La Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas (CEB) del Indecopi es competente para garantizar el cumplimiento de la presente norma.

Andina

Tags

Lo último en Economía

Lo más leído

Suscribirte al boletín de tus noticias preferidas

Suscríbete a nuestros boletines y actualiza tus preferencias

Buzon
Al suscribirte, aceptas nuestras políticas de privacidad

Contenido promocionado

Taboola
SIGUIENTE NOTA