Mujer cae en ascensor malogrado de Smart Fit: gimnasio es multado con más de S/ 418,800 por Indecopi

Indecopi determina tres infracciones de Smartfit por caída de usuaria
Indecopi determina tres infracciones de Smartfit por caída de usuaria | Fuente: Composición de RPP

Smartfit Perú fue multada con 78.29 UIT por permitir el uso de un ascensor defectuoso que provocó la caída de una usuaria. Indecopi determinó que la empresa vulneró el deber de seguridad e idoneidad y ordenó medidas correctivas.

Smartfit Perú S.A.C. fue multado en primera instancia con 78.29 UIT, lo que equivale a S/ 418,851.50, por permitir el uso de un ascensor en mal funcionamiento, lo que provocó que una usuaria cayera al vacío y sufriera lesiones físicas; así lo determinó el Indecopi, a través de la Comisión de Protección al Consumidor Sede Lima Norte (ILN),

La entidad concluyó que Smart Fit "puso en riesgo la integridad de la consumidora al no garantizar condiciones mínimas de seguridad".

Infracciones al Código del Consumidor

La Comisión declaró fundada la denuncia, concluyendo que la empresa incurrió en tres infracciones al Código de Protección y Defensa del Consumidor.

Vulneración al deber de seguridad (32.35 UIT)

La principal infracción se produjo al vulnerar el deber de seguridad. El hecho específico consistió en permitir que "un ascensor defectuoso —cuyo piso no correspondía al nivel de salida— se activara, provocando la caída de la usuaria al vacío". Esta falta fue la más gravemente sancionada.

Infracciones al deber de idoneidad (22.97 UIT cada una)

Se acreditaron además dos infracciones relacionadas con el deber de idoneidad, debido a la falta de respuesta inmediata tras el accidente. Smart Fit fue sancionado por no realizar "acciones inmediatas de rescate ni proporcionar primeros auxilios, pese a que la usuaria presentaba evidentes lesiones tras el accidente". Cada una de estas faltas fue sancionada con una multa de 22.97 UIT.

Medidas complementarias y apelación

Además del pago de la sanción económica, la resolución ordena a la empresa la devolución del monto correspondiente a los días durante los cuales la denunciante no pudo acceder al servicio contratado.

Como medida complementaria obligatoria, Smart Fit deberá capacitar a "todo el personal de su sede en San Martín de Porres en primeros auxilios, con la participación de directivos y registros de evaluación".

Es importante mencionar que esta decisión fue emitida en primera instancia por el Colegiado y "aún puede ser apelada". Si la empresa opta por presentar este recurso, el caso será elevado y revisado por la Sala Especializada en Protección al Consumidor, la segunda y última instancia administrativa del Indecopi.

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