A partir de esa fecha no se admitirá la presentación del parte notarial en papel, advirtieron.
A partir del lunes 1 de febrero los notarios que no se encuentren suscritos al Sistema de Intermediación Digital (SID), implementado por la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) no podrán realizar inscripciones en el Registro de Mandatos y Poderes de la oficina registral de Lima.
Así lo establece la Décimo Tercera disposición complementaria, transitoria y final del Decreto Legislativo 1232, que modificó el Decreto Legislativo del Notariado.
La norma agrega que “para estos efectos, la oficina registral de Lima de la zona registral N° IX Sede Lima no admitirá, bajo responsabilidad, la presentación del parte notarial en soporte papel”.
La finalidad de esta norma es que las inscripciones en el registro de Mandatos y Poderes de la Oficina Registral de Lima se extiendan únicamente mediante el empleo de partes notariales con firma digital.
A partir de octubre 2014, en que se implementó el SID Sunarp, se han suscrito hasta la fecha un total de 94 notarios a nivel nacional.
Esta medida busca también evitar la falsificación de instrumentos públicos sobre otorgamiento de poderes, debido a que no se usa papel en el proceso registral sino que este se realiza de manera virtual empleando la firma digital.
Como se sabe, el poder es un acto por el cual una persona nombra a otra como su representante para que actúe en su nombre en determinados actos jurídicos.
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