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¿Qué debo hacer si deseo casarme con bienes separados?

Las parejas próximas a celebrar el matrimonio pueden elegir entre dos regímenes patrimoniales, que regirán los bienes y obligaciones económicas de su futura unión.
Las parejas próximas a celebrar el matrimonio pueden elegir entre dos regímenes patrimoniales, que regirán los bienes y obligaciones económicas de su futura unión. | Fuente: Imagen de Sunarp

Sustituir tu régimen patrimonial requiere de la elaboración de una escritura Pública. Te enseñamos cómo y en dónde presentarla.

Las parejas próximas a celebrar el matrimonio pueden elegir entre dos regímenes patrimoniales, que regirán los bienes y obligaciones económicas de su futura unión: la sociedad de gananciales y la separación de patrimonios. Para este último, se requiere la elaboración de una escritura pública.

Para sustituir el régimen patrimonial de sociedad de gananciales por el de separación de patrimonios, se tiene que cumplir con ciertas formalidades, e inscribirse en los Registros Públicos tomando en cuenta los siguientes requisitos:

- Formato de solicitud de inscripción debidamente llenado (formulario que se entrega gratuitamente en las oficinas de la Sunarp).

- Copia del Documento de Nacional de Identidad del presentante, con la constancia de haber sufragado en las últimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva.

- Escritura Pública que contenga el acto inscribible. En el caso de sustitución del régimen patrimonial, se acompañará la partida de matrimonio.

- Tratándose de separación de patrimonios y sustitución de régimen patrimonial no convencionales, adjuntar el parte judicial que debe contener el oficio del juez y copias de la resolución que ampara la demanda y la resolución que declara consentida o ejecutada la misma. Las copias deben estar certificadas por el secretario de juzgado y las resoluciones suscritas por el Juez y el auxiliar jurisdiccional respectivo.

- Pago de derechos registrales.

- Otros, según calificación registral y disposiciones vigentes.

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