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¿Qué derechos adquiere si formaliza su unión de hecho?

La abogada María Quintana explica qué es la unión de hecho en el Perú, una figura legal que reconoce derechos y obligaciones a las parejas que conviven sin casarse.

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La abogada María Quintana sostuvo que en nuestro ordenamiento jurídico la figura de la convivencia ya está regulada y trae derechos y obligaciones, pero además hay un proceso que se llama reconocimiento de la unión de hecho.

Sin embargo, dijo que las parejas que deciden convivir tienen que cumplir ciertas formalidades para que esa unión sea reconocida, lo cual significa que la convivencia tiene que ser ininterrumpida y voluntaria por más de dos años, requisito fundamental para que la convivencia se configure, asimismo que ambas personas no estén impedidas de contraer matrimonio.

En este sentido, explicó que, si una persona convive con alguien, pero éste está casado, no podrá adquirir los derechos de conviviente y mucho menos solicitar el reconocimiento de la unión de hecho.

La abogada Quintana anotó que en el Perú se puede formalizar la unión de hecho a través de dos formas: notarialmente o a través de un proceso judicial.

“Si bien es cierto nadie obliga a formalizar la convivencia, pero si no está registrada automáticamente no podrá heredar ni solicitar pensión ni mucho menos si han constituido un patrimonio solicitar la repartición”, advirtió.

Explicó, del mismo modo, que en el matrimonio se elige que régimen aplicará en el patrimonio que es el de sociedad de gananciales o el de separación de patrimonio, pero en la convivencia solo se aplica el de sociedad de gananciales.

Alertó que la situación se puede complicar cuando uno de los convivientes fallece y si la unión de hecho no ha sido reconocida no podrá ejercer el derecho hereditario.

Finalmente, agregó que desde el 2010 el reconocimiento de la convivencia se puede hacer por la vía notarial, ya que es un trámite sencillo y célere, teniendo en cuenta la carga procesal que existe en el Poder Judicial. No obstante, se tiene que cumplir con ciertos requisitos como que ambas personas estén de acuerdo en ir a reconocer la unión de hecho y que tengan dos años juntos sin interrupciones.

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