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ONU pide revisar ley de protección policial por "crear espacios de impunidad"

Según explicaron, la ley deroga el principio de proporcionalidad, que impide una actuación excesiva y arbitraria por parte de los policías.
Según explicaron, la ley deroga el principio de proporcionalidad, que impide una actuación excesiva y arbitraria por parte de los policías. | Fuente: Ministerio del Interior

Un representante de la oficina sudamericana de la ONU para los Derechos Humanos expresó su preocupación sobre la norma promulgada por el Congreso. Agregaron que los efectivos tienen un rol importante durante el stado de emergencia, pero no deben estar exentos de rendir cuentas

La Oficina Sudamericana de la Organización de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos advirtió este miércoles que la Ley N° 31012, que exime de responsabilidad penal a policías y militares que usen sus armas en defensa personal, “abre espacios de impunidad”, especialmente durante el estado de emergencia que vive el país por la COVID-19.

A través de un comunicado suscrito por el representante de esta oficina, Jan Jarab, consideraron que se debía revisar la nueva norma aprobada por el Congreso de la República, debido a que “no se alinean con los estándares internacionales” sobre el uso de la fuerza, que todas las autoridades de orden y seguridad deben seguir.

Hacemos un llamado urgente al Congreso del Perú, así como a todas las autoridades competentes, a revisar y revertir los efectos de esta nueva ley, pues en varios aspectos contraviene las normas y estándares internacionales de derechos humanos. Es un retroceso preocupante en la normativa que venía desarrollando Perú en materia de uso de la fuerza”, aseguraron.

Preocupación

Explicaron que la ley deroga el principio de proporcionalidad, que impide una actuación excesiva y arbitraria por parte de los policías y legitima que no haya ninguna responsabilidad penal para los efectivos que usen la fuerza. Además, sobre la prohibición de los mandatos de detención preliminar o prisión preventiva para los investigados, que esta solo puede ser resuelta por un juez “con base en los antecedentes de la causa y audiencias de las partes”.

En esa línea, expresaron su preocupación, debido a que la norma se da en el contexto del estado de emergencia que vive el país por el nuevo coronavirus, por el cual el Gobierno dispuso un despliegue especial de policías y militares. Agregaron que, si bien los efectivos cumplen un rol importante al momento de evitar la propagación de la enfermedad, no pueden estar exentos de la rendición de cuentas.

Es fundamental la rendición de cuentas por las acciones de las fuerzas de orden y seguridad, para no dejar espacio a arbitrariedades o a la impunidad, sobre todo en circunstancias extraordinarias como las que enfrentamos hoy”, explicaron.

Cuestionamiento

La norma, que fue aprobada por el Congreso disuelto, tuvo su promulgación el último 28 de marzo por la actual gestión y lleva la firma del presidente del Legislativo, Manuel Merino, así como la de su vicepresidente, Luis Valdez.

Desde entonces fue motivo de cuestionamientos por parte de varias instancias como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que destacó que “las leyes nacionales no deben contemplar excluyentes de responsabilidad que impidan investigar y sancionar responsables de violaciones de derechos humanos, en particular cuando perpetradores son agentes del Estado”.

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