Norma prohíbe el comercio ambulatorio en la vía pública y prevé sanciones pecuniarias más severas para los reincidentes.
Tras publicarse la nueva ordenanza municipal aprobada por el pleno del concejo de la Municipalidad Provincial de Trujillo, el cual prohíbe el comercio ambulatorio en la vía pública, el lunes 22 de diciembre entra en vigencia el reglamento con sanciones drásticas para los infractores.
La norma establece que los comerciantes informales deben adecuarse a lo establecido en la ordenanza dentro de los 15 días calendarios a partir del día siguiente de su publicación (el 7 de diciembre), de lo contrario no serán considerados como comerciantes ambulatorios, bajo los términos y condiciones del reglamento aprobado.
La nueva Ordenanza Municipal Nº 047-2014-MPT busca la formalización del comercio autorizado en la vía pública y prevé sanciones pecuniarias más severas para los ambulantes que reincidan en la falta con retención, incautación y decomiso de sus productos.
Establece que los ambulantes intervenidos por primera vez serán multados con 150 soles (5% de una UIT) y sus productos serán retenidos por 5 días; si por segunda ocasión el comerciante comete la misma falta la multa se duplicará al igual que el número de días de retención de los productos.
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