El Estado se hará cargo de los tratamientos de rehabilitación y las intervenciones quirúrgicas especializadas y la adquisición de material ortopédico fuera del país.
El presidente de la República, Alan García Pérez, promulgó la Ley que otorga protección al personal con discapacidad de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional para asegurarles atención en salud, trabajo y educación.
La norma, aprobada antes por el Congreso, se aplica al personal de las instituciones castrenses y policiales que haya adquirido discapacidad en acción de armas, en acto de servicio, como consecuencia inmediata del servicio o como consecuencia externa del mismo, es decir, en cumplimiento de servicios prestados con anterioridad.
En virtud de esta ley, el Estado les dará atención en salud, en servicio médico, biomédico, material ortopédico, prótesis, exámenes de diagnóstico, así como intervenciones quirúrgicas en establecimientos de salud de las instituciones armadas, del Ministerio de Salud, del Seguro Social de Salud e instituciones públicas y privadas, nacionales y extranjeras.
Igualmente, el Estado se hará cargo de los tratamientos de rehabilitación y las intervenciones quirúrgicas especializadas y la adquisición de material ortopédico fuera del país.
La disposición legal también hace precisiones sobre la evaluación del personal discapacitado para seguir en condición de actividad, así como su reclasificación en la institución.
-ANDINA
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