Dicha norma ha venido cumpliéndose hasta la fecha, aunque resulta pertinente ratificar su vigencia, dicta la disposición publicada en el diario oficial El Peruano.
"Tal disposición se justifica en que si bien las principales condecoraciones y distinciones honoríficas que concede el Estado, deben cumplir con el objetivo de premiar y enaltecer a quienes han prestado servicios muy distinguidos a favor de la Nación, no deben otorgarse por el mero hecho de ocupar un cargo o por el cumplimiento del deber al que ese cargo obliga", señala el dispositivo.
No obstante, según la resolución suprema publicada hoy en el boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano, dicha norma ha venido cumpliéndose hasta la fecha, aunque resulta pertinente ratificar su plena vigencia.
La presente resolución lleva la rúbrica del presidente Alan García y del jefe del Gabinete Ministerial, Javier Velásquez Quesquén. Andina
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