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¿Qué es una demanda competencial y por qué la presenta el Ejecutivo?

Óscar Urviola precisó que la demanda competencial se tramita ante el TC y está considerada en el artículo 202° de la Constitución Política y en el Código Procesal Constitucional.
Óscar Urviola precisó que la demanda competencial se tramita ante el TC y está considerada en el artículo 202° de la Constitución Política y en el Código Procesal Constitucional. | Fuente: Presidencia

El Gobierno interpondrá una demanda competencial ante el Tribunal Constitucional luego de que el pleno del Congreso admitió una moción de vacancia presidencial. ¿En qué consiste este mecanismo que recoge la Constitución Política?

La ministra de Justicia, Ana Neyra, anunció que el Gobierno interpondrá una demanda competencial ante el Tribunal Constitucional (TC). Esto luego de la moción de vacancia admitida por un sector del Congreso al presidente Martín Vizcarra. ¿Pero cómo funciona este proceso?

¿Qué es?

La demanda competencial es un proceso constitucional que se presenta cuando hay un conflicto entre los poderes del Estado. Es decir cuando alguna de estas entidades adopta decisiones o ejercita alguna de sus facultades "invadiendo las de otro o haciendo menoscabo en atribuciones de otro poder del Estado", indica Oscar Urviola, expresidente del TC.

"O lo hace de una manera que pueda invadir o perturbar las competencias de otro poder del Estado", indicó a RPP Noticias.

Óscar Urviola precisó que la demanda competencial se tramita ante el TC y está considerada en el artículo 202° de la Constitución Política y en el Código Procesal Constitucional.

"La demanda competencial puede ir acompañada de una medida cautelar, que no existe en el proceso de inconstitucionalidad. Y otra particularidad también es que en este proceso la resolución tiene que expedirse dentro de los 60 días hábiles desde que se puso la demanda", afirmó.

¿Medida cautelar?

El expresidente del TC explicó que la medida cautelar es propia del proceso competencial y busca evitar que el perjucio o la vulneración de las competencias de otro poder del Estado se consume y pueda complicar la situación.

"Esta tiene por objeto impedir que se cumpla alguna resolución o que se deje efectuar algún acto que puede ser precisamente el motivo del conflicto de competencia. Esta resolución va a paralizar", indicó.

Oscar Urviola aclaró que el trámite de la medida cautelar está supeditado a que el TC admita la demanda competencial. "La medida cautelar puede hacerla al día siguiente de interpuesta la demada y admitida la demanda", agregó.

Crisis actual

Oscar Urviola consideró que el Ejecutivo piensa plantear una demanda competencial argumentando que el Congreso de la República estaría haciendo una "interpretación muy extensiva e inconstitucional" de la causal de vacancia presidencial amparado en una incapacidad moral.

"Si se admite la demanda, ojalá el Tribunal pueda entrar al asunto y fijar parámetros para calificar lo que se debe conocer como permanente incapacidad moral. Un tema que es necesario que se aborde y que se ha estado dejando de lado y sinceramente en mi concepto viene a ser una especie de terreno minado", finalizó.

Judiciales

Oscar Urviola: "La demanda competencial puede ir acompañada de una medida cautelar"

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