Empleados deberán presentar declaraciones juradas a nuevos empleadores hasta que la Sunat emita lineamientos de nueva norma.
Las empresas peruanas ya no están obligadas a emitir certificados de retención del Impuesto a la Renta, luego de que el Ministerio de Economía y Finanzas modificó la Ley general del Impuesto a la Renta (IR) y determinó que serán ahora los trabajadores quienes sustenten sus retenciones a través de una declaración jurada.
La medida. Según la norma que entró en vigencia el primero de marzo, al momento de culmniar su contrato, el trabajador ya no recibirá su certificados de las retenciones del IR, por lo que ellos deberá sustentar sus retenciones a través de una declaración jurada, a la espera de que la Sunat determine la manera de presentarlo.
"Sin embargo, la Sunat aún no ha establecido el mecanismo que según la norma será establecida mediante resolución", comentó César Puntriano, laboralista del Estudio Muñiz. Agregó que mientras no se defina el mecanismo, los trabajadores pueden usar como referencia sus ingresos mediante las boletas de pago y de la boleta de liquidación del trabajo anterior.
¿Qué sucedía hasta ahora? Según el socio del Estudio Barrios & Fuentes, David Zamora, en algunos casos los empleadores antiguos se demoraban en expedir este certificado al momento de cambio de trabajo, por lo que la empresa en la que empezaba a laborar el trabajador procedía a realizar doble retención al trabajador.
"En otros casos, también se procedía con una doble deducción de impuestos, lo que generaba que el trabajador estaba obligado a pagar menos impuesto", detalló.
Carga al trabajador. Puntriano, del Muñiz, comentó que una salida para que la Sunat permita realizar de manera sencilla esta declaración sería establecer un mecanismo electrónico a través del portal de la Sunat. "La superintendencia tiene centralizada la información del contribuyente, por lo que esta opción podría ser una salida para no cargar al usuario de trámites a los que no estaba acostumbrado".
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