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Osiptel vuelve a permitir que operadoras vendan "planes ilimitados"

El organismo regulador había señalado que Movistar, Claro, Entel y Bitel no informaron debidamente a sus usuarios de las restricciones con las que cuentan estos planes.
El organismo regulador había señalado que Movistar, Claro, Entel y Bitel no informaron debidamente a sus usuarios de las restricciones con las que cuentan estos planes. | Fuente: OSIPTEL

El regulador levantó las medidas cautelares a las cuatro empresas operadoras pero resaltó que evalúa posibles procesos sancionadores por las faltas cometidas.

El Osiptel levantó las medidas cautelares que impuso a Movistar, Claro, Bitel y Entel para que suspendan temporalmente la comercialización de los planes denominados “ilimitados” de Internet móvil que lanzaron entre la última semana de octubre e inicios de noviembre.

El ente regulador señaló que entre el 11 de noviembre al 22 del mismo mes pudo constatar que estas empresas operadoras cumplieron con levantar las observaciones especificadas en las medidas cautelares emitidas por el regulador.

Verificación

El Osiptel verificó que las operadoras cumplieron con brindar información detallada a los usuarios sobre las restricciones de los planes ofertados, y tener disponible en la web el modelo de contrato con información de los planes en referencia.

Las empresas operadoras han precisado y/o completado la información que brindan al usuario sobre los planes "ilimitados" (en su página web y en el SIRT), en temas como: la capacidad de GB otorgada en los planes, las velocidades de navegación de Internet (de descarga y carga, máximas y mínimas) que aplican al utilizar los GB otorgados en los planes "ilimitados", las condiciones que establecían las empresas para reducir la velocidad de navegación pasado el umbral de GB otorgado en los planes, la velocidad final de navegación luego de aplicada la restricción de velocidad, entre otros.

Las operadoras han incluido y precisado información sobre las condiciones del “tethering” (compartir Internet con otros dispositivos), la restricción de calidad de video (480 p), la restricción de llamadas ilimitadas, la restricción geográfica de los planes, las condiciones de contratos y anexos accesibles para el usuario en sus páginas web, y los enlaces que los registros de los planes en el SIRT deben tener con las páginas web para que los usuarios puedan acceder fácilmente a la información.

Evalúan proceso sancionador

Sin embargo, el Osiptel agregó que procederá a realizar las acciones necesarias para salvaguardar el cumplimiento de la normatividad vigente, y el respeto a los derechos de los usuarios, sin perjuicio de los posibles procedimientos administrativos sancionadores que se vienen evaluando respecto de estos casos.

Según el regulador la información que las operadoras habían puesto a disposición de los usuarios podría inducir a errores de consumo.
Según el regulador la información que las operadoras habían puesto a disposición de los usuarios podría inducir a errores de consumo. | Fuente: ANDINA

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