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Gobierno puso luz roja a proyecto que permite jubilarse antes de los 65 años

Con la decisión del Ejecutivo, norma solo estará vigente hasta el lunes 31 de diciembre.
Con la decisión del Ejecutivo, norma solo estará vigente hasta el lunes 31 de diciembre. | Fuente: ANDINA

Con la decisión del gobierno de Martín Vizcarra, el Régimen Especial de Jubilación Anticipada solo tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de este año.

El Gobierno observó la ley que Ampliaba el Régimen de Jubilación Anticipada (REJA) hasta el 31 de diciembre del 2021, que había sido aprobada por el congreso y que permitía a los afiliados a una AFP que estén sin empleo durante 12 meses poder jubilarse antes de los 65 años.

No va

El Ejecutivo le dijo no a la norma que había sacado adelante el Parlamento el 22 de noviembre último. El REJA permite a los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP), que se encuentren sin un empleo por lo menos 12 meses antes de la solicitud, poder jubilarse en el caso de los varones a los 55 años y a las mujeres a los 50 años. Las personas desempleadas deben acreditar su fecha de cese con documentos de fecha cierta. 

Según el documento firmado por el Presidente Martín Vizcarra, y que fue enviado al presidente del Congreso, Daniel Salaverry, la autógrafa de ley no tenía sustento que justifique la prorroga de la jubilación anticipada pues "desde sus orígenes tuvo carácter transitorio".

¿Por qué la observaron?

La observación del Ejecutivo señala que el REJA es una medida temporal ante la imposibilidad de que un afiliado (a) pueda reinsertarse al mercado laboral.

"La tasa de desempleo observada en los últimos 10 años entre la población de 45 a 64 años viene disminuyendo. Además, la tasa de crecimiento de los pensionistas del REJA ha ido disminuyendo y en setiembre del 2018 se registró prácticamente tasa nula", sostiene el oficio enviado al Legislativo.

Asimismo señala que el REJA desvirtúa el fin del sistema de pensiones que es la protección del afiliado durante la vejez, y agregó que la ampliación de la norma pone en riesgo la continuidad de las prestaciones otorgadas para cubrir las contingencias de vejez, invalidez y sobrevivencia; y la concreción del principio de calidad de vida o vida digna.

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