El Decreto de Urgencia establece que la medida regirá por tres años a partir del 1 de enero del 2020. Sunat será la encargada de la devolución del dinero.
El Gobierno otorgó a los transportistas interprovinciales y de carga la devolución del equivalente al 53% del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC), que forma parte de la adquisición de combustible, conforme establece el Decreto de Urgencia N° 012-2019, publicado este viernes en el diario oficial El Peruano.
En la norma se dispone que el beneficio parte del precio de venta del combustible diésel B5 y diésel B20 con un contenido de azufre menor o igual a 50ppm por el plazo de tres años, contados a partir del 01 de enero de 2020.
El Decreto de Urgencia tiene el objetivo de establecer medidas para fortalecer la seguridad vial y reducir la accidentabilidad en la prestación del servicio de transporte terrestre regular de personas de ámbito nacional y del servicio de transporte público terrestre de carga, mejorando las condiciones de calidad y seguridad del transporte en beneficio de la población.
La norma señala que la devolución del ISC se efectúa "en función de los galones de combustible diésel adquiridos" por el transportista, del distribuidor mayorista o minorista, o establecimiento de venta al público de combustibles..
Los proveedores, contribuyentes generadores de rentas de tercera categoría, deberán estar inscritos en el Registro de Hidrocarburos para la comercialización de combustibles del Osinergmin.
Para gozar de este beneficio, los transportistas deberán tener autorización vigente del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, no contar con sanciones de transporte y tránsito impuestas por las autoridades o que hayan agotado la vía administrativa. Además, deberán emitir comprobantes de pago electrónicos y contar con vehículos dentro de los márgenes de antigüedad que establezca el reglamento.
Asimismo, se aclara que la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) será la encargada de la devolución del ISC en la forma y plazos establecidos en las normas reglamentarias -que se publicarán dentro de 30 días calendario contados desde hoy-, y se realizará a través de Notas de Crédito Negociables.
Comparte esta noticia