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Retiro de aportes de la ONP: ¿De qué trata la ley que permitirá a afiliados solicitar hasta S/4,300?

La ley aprobada es totalmente distinta al retiro del 100% de aportes que prometían los congresistas.
La ley aprobada es totalmente distinta al retiro del 100% de aportes que prometían los congresistas.

Conoce aquí todos los detalles de texto sustitutorio aprobado la madrugada del martes por el Congreso, el cual habilitará el retiro de aportes para los afiliados al Sistema Nacional de Pensiones (SNP).

El Congreso finalmente aprobó, durante la medianoche del martes, el retiro de una parte de los aportes de los afiliados a la ONP.

Ahora el Poder Ejecutivo tendrá que observar o promulgar la ley y luego de eso tendrá un plazo máximo de 15 días para implementar el procedimiento operativo de la ley.

¿Qué establece?

Este nuevo dictamen establece una devolución de aportes de hasta una UIT, equivalente a S/4,300, para los aportantes activos e inactivos de la ONP, es decir, que continuen aportando o que hayan dejado de hacerlo.

Cabe indica que, la cantidad de dinero que se entregue a cada uno dependerá de la cantidad de aportes que registre el aportante.

El retiro de este dinero tendría condición de intangibilidad, es decir, no podrá ser descontada a menos que el aportante tenga deudas alimentarias. En ese caso, se les descontará hasta un 30% del dinero que soliciten.

Asimismo, el decreto indica que los afiliados que tengan más de 65 años de edad y que no hayan cumplido los requisitos para acceder a una pensión (20 años de aportes) tienen derecho a la devolución de sus aportes efectuados.

La devolución estaría permitida hasta 90 días posteriores a su publicación en el diario El Peruano.

¿Cómo sería el pago?

El pago del 50% de la UIT se realizaría en un plazo máximo de 30 días, luego de aceptada la solicitud. El saldo restante se entregaría 90 días después del primer desembolso.

La Oficina de Normalización Previsional (ONP) tendría máximo 30 días para recibir cada solicitud de manera física, presencial o remota. En caso no se pronuncien más allá de ese plazo, se aplicará el silencio administrativo positivo, es decir, se dará como aceptada la solicitud.

Bono para jubilados

El texto sustitutorio también indica que se otorgaría una retribución extraordinaria equivalente de S/ 930 para los pensionistas del Decreto Ley 19990.

Los jubilados recibirían este subsidio de acuerdo con un cronograma que tendría que emitir el Ministerio de Economía en un plazo de 15 días luego de publicada la norma.

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