La Sunat señaló que así se evitará la generación de deudas por omisiones involuntarias.
De acuerdo a la normativa vigente, a los empleadores les corresponde efectuar el cálculo, retención y pago al fisco del Impuesto a la Renta de Quinta Categoría de sus trabajadores, por ello la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) viene desarrollando un programa preventivo dirigido a los trabajadores dependientes y a sus empleadores.
Y es que para evitar la generación de deudas por omisiones involuntarias la Sunat recuerda que los trabajadores que se encuentren en planilla a nivel nacional están obligados a informar a sus empleadores sobre otros ingresos que perciba.
El ente recaudador precisó que el trabajador que tenga más de un empleador a la vez debe comunicar dicha situación al empleador del cual perciba la mayor remuneración mensual. Asimismo en caso cambie de empleador durante el año debe informar a su nuevo empleador sobre su remuneración y retenciones efectuadas.
Para obtener mayor información, comuníquese con la Central de Consultas de la Sunat, desde tu teléfono fijo al 0-801-12-100 y desde tu celular al 315-0730 o solicitar orientación personalizada en los Centros de Servicios al Contribuyente de todo el país.
Comparte esta noticia