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ONPE: "Revocatoria de alcaldes no dará lugar a nuevas elecciones"

ONPE dio detalles sobre el proceso de revocatoria a nivel nacional.
ONPE dio detalles sobre el proceso de revocatoria a nivel nacional. | Fuente: Andina

La Oficina Nacional de Procesos Electorales aclaró que quien toma cargo inmediatamente después de la revocatoria es el primer regidor. También aplica para gobernadores.

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) precisó hoy que la revocatoria del próximo año no dará lugar a la convocatoria de nuevas elecciones para reemplazar a las autoridades que resulten separados del cargo.

Alcaldes. Al iniciarse en junio el periodo de venta de kits para recolectar firmas que permitan impulsar una revocatoria, el organismo electoral recordó que la ley señala que las autoridades revocadas serán reemplazadas por los accesitarios. En el caso de las autoridades municipales, si un alcalde es revocado será reemplazado por el primer regidor accesitario en su misma lista; y si un regidor es revocado, completará su mandato el correspondiente accesitario de su lista.

Durante el mandato de Susana Villarán como alcaldesa de Lima le abrieron un proceso de revocatoria en el que se impuso el
Durante el mandato de Susana Villarán como alcaldesa de Lima le abrieron un proceso de revocatoria en el que se impuso el "No" por 51% al "Sí" con 49%. La alcaldesa culminó su período | Fuente: Andina

Gobernadores. De acuerdo a la norma, si un presidente regional (gobernador) es revocado será reemplazado por el vicepresidente regional; mientras que el vicepresidente regional revocado será sustituido por quien resulte elegido por el Consejo Regional entre sus miembros hábiles integrantes de la lista a la que pertenece la autoridad revocada, con votación simple.

Casos. Si resultaran simultáneamente revocados el presidente y vicepresidente regional, ellos serán reemplazados por quienes elija el Consejo Regional entre sus miembros hábiles integrantes de la lista a la que pertenecen las autoridades revocadas, con el voto favorable de la mitad más uno del número legal de los consejeros. De prosperar la revocatoria del consejero regional su reemplazo será el correspondiente accesitario.

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