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Las sanciones y penas contempladas en casos de delitos de odio pueden ser por la vía administrativa, a través de la Ley contra la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte, que aplica la Comisión Estatal Antiviolencia, y por la vía penal en aplicación del artículo 510 del Código Penal, que castiga los delitos de odio con entre uno y cuatro años de prisión.
El racismo hacia los jugadores tiene una consecuencia inmediata: la expulsión de los estadios y la pena de cárcel. El ejemplo más reciente es el de Antonio Neill, un chico de 24 años que envió un mensaje racista por redes sociales a un jugador y recibió una condena de cuatro meses de prisión, suspendida siempre y cuando no reincida en dos años, y tres años sin poder asistir a ningún estadio de fútbol del país.
El Código de Justicia Deportiva italiana recoge las sanciones que conllevan actos racistas. El jugador que incurra en ello podrá ser descalificado durante al menos diez jornadas o, en casos más graves, a inhabilitación permanente. También se contemplan sanciones a directivos y aficionados, destacando que la responsabilidad de cánticos, pancartas y demás manifestaciones de este tipo recae completamente en el club.
La Federación Francesa de Fútbol elevó el tono tras el pasado Mundial y decidió acudir a la Justicia tras los insultos racistas contra muchos de sus jugadores en las redes sociales tras perder la final del pasado Mundial. Entre las decisiones adoptadas en los últimos tiempos para combatir esta lacra destaca la eliminación del Montereau, un equipo modesto cuya afición insultó a los jugadores de su rival, el Palaiseau, en un duelo de la Copa de Francia.