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¡Un logro! no se puede prohibir la tenencia de mascotas en edificios, ni el uso de ascensores para su traslado
El Tribunal Constitucional (TC) dispuso que, la junta de propietarios de edificios no puede prohibir ni impedir la tenencia de mascotas y el uso de ascensores para su traslado.
Esta decisión se debe a la demanda de amparo que interpuso Juan Ruela Noa, en el 2015, contra la Junta de propietarios del edificio "Antonio Miroquesada" que le prohibió usar el ascensor para trasladar a su mascota llamada "Chira" que sufre de la columna. Ruela, quien vive en el piso 16, tenía que cargar a su mascota y bajarla por las escaleras. Si usaba el ascensor tenía que pagar una multa de 30 soles.
La abogada animalista, Sonia Córdova, señaló que la decisión del TC es un fallo histórico y sostuvo que las medidas que aplicaban la junta de propietarios de edificios, eran desmedidas y vulneraban el derecho constitucional al libre de desarrollo de la personalidad y libre tránsito de las personas que tienen mascotas. Para una mejor convivencia se tendrá que llegar a acuerdos que beneficien a ambas partes, precisó.
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