IRS: Jubilados podrían recibir multas si no declaran ingresos adicionales antes del 16 de junio

El IRS no exime a los mayores de 65 años del pago de impuestos estimados si obtienen ingresos no retenidos más allá del Seguro Social.

IRS USA: Los pagos estimados también aplican a rentas por alquileres, dividendos o retiros de cuentas IRA y 401(k), según las normas para jubilados.
IRS USA: Los pagos estimados también aplican a rentas por alquileres, dividendos o retiros de cuentas IRA y 401(k), según las normas para jubilados.
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El 16 de junio no solo representa una fecha clave para trabajadores independientes o dueños de negocios en Estados Unidos. También es un momento crucial para muchos jubilados que, aunque fuera del mercado laboral, generan ingresos adicionales y están sujetos al pago de impuestos estimados ante el Servicio de Impuestos Internos (IRS, por sus siglas en inglés).

Existe una creencia generalizada —y equivocada— de que retirarse implica el fin de las obligaciones tributarias. Sin embargo, el IRS mantiene su alcance incluso después de la jubilación, especialmente si se perciben ingresos sin la debida retención.

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Estos jubilados deben cumplir con el IRS en junio

Aquellos que reciben ingresos complementarios, como pensiones privadas, intereses, dividendos, alquileres o retiros de cuentas IRA o 401(k), deben prestar atención. Si al finalizar el año deben más de U$D 1 000 en impuestos y no han cubierto al menos el 90% de su obligación fiscal anual, podrían enfrentarse a sanciones por incumplimiento.

El IRS no considera la edad como un factor determinante. Si un contribuyente jubilado cumple con los requisitos que lo obligan a realizar pagos estimados, debe cumplir con ellos sin excepción, aunque supere los 65 años. Este punto es clave para evitar penalidades por pagos tardíos o insuficientes.

El 16 de junio es una fecha que no deben pasar por alto

Ese día marca el segundo vencimiento de los pagos trimestrales para el año fiscal 2025, cubriendo ingresos generados entre el 1 de abril y el 31 de mayo. No cumplir con este plazo puede derivar en multas automáticas, aunque el error haya sido involuntario.

El desconocimiento de esta obligación no exime a los contribuyentes de enfrentar consecuencias. Por eso, es fundamental que los jubilados analicen a tiempo si sus ingresos calzan dentro de los supuestos que requieren pagos estimados y actúen en consecuencia antes del 16 de junio.

La recomendación principal es consultar el formulario 1040-ES, una herramienta que facilita el cálculo de estos pagos. También se aconseja hacer uso del portal electrónico del IRS, disponible 24/7 para realizar transferencias de forma segura y rápida.

Estrategias para evitar sanciones

  • Revisar con atención los ingresos adicionales que no están sujetos a retención automática.
  • Usar recursos oficiales del IRS para calcular y efectuar pagos estimados correctamente.
  • Consultar con asesores fiscales, en especial si ha habido cambios económicos recientes.

La planificación tributaria debe mantenerse activa incluso durante la jubilación. Aunque no todos los jubilados estén obligados a pagar impuestos estimados, verificar su situación fiscal cada año puede ahorrarles dolores de cabeza y sanciones innecesarias.

Con la fecha al límite, es recomendable que los jubilados actúen sin demora. En muchos casos, bastará con una revisión sencilla para determinar si se requiere un pago y evitar así consecuencias negativas ante el IRS.

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