Estados Unidos: Esta es la guía para embajadas sobre cómo manejar la prohibición de entrada

El reciente decreto presidencial impone restricciones de entrada a ciudadanos de 19 países.

Estados Unidos: Las embajadas y consulados de EE. UU. tienen un papel crucial en la aplicación de estas restricciones y en la gestión de excepciones.
Estados Unidos: Las embajadas y consulados de EE. UU. tienen un papel crucial en la aplicación de estas restricciones y en la gestión de excepciones.
Ilustración

Estados Unidos ha vuelto a implementar una serie de restricciones migratorias dirigidas a ciudadanos de 19 países, según una orden ejecutiva firmada el 4 de junio de 2025 por el presidente Donald Trump. Esta medida, amparada en motivos de seguridad nacional, prohíbe o limita la entrada al país de personas provenientes de regiones consideradas de “alto riesgo”. La acción genera un nuevo reto logístico y diplomático para las embajadas y consulados estadounidenses, que deberán ejecutar esta política siguiendo una serie de lineamientos oficiales.

La proclamación, titulada "Proclamation on the Suspension of Entry as Nonimmigrants of Certain Nationals Who Pose a Risk to the United States", establece que las misiones diplomáticas deben suspender la emisión de visas a solicitantes de los países señalados, a menos que califiquen para una excepción. La orden entró en vigencia el 9 de junio de 2025, y busca prevenir el ingreso de posibles amenazas al país, aun cuando no exista una acusación directa contra los ciudadanos en cuestión.

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Esto dice la guía para embajadas y cómo deben actuar

Las embajadas y consulados estadounidenses están obligados a seguir una guía estricta emitida por el Departamento de Estado, en la que se detalla cómo aplicar la nueva normativa. La prohibición total de entrada afecta a ciudadanos de 12 países: Afganistán, Irán, Libia, Somalia, Sudán, Yemen, Eritrea, Haití, Myanmar, Guinea Ecuatorial, Chad y la República del Congo. Por otro lado, existen restricciones parciales para solicitantes de Cuba, Venezuela, Burundi, Laos, Sierra Leona, Togo y Turkmenistán.

Las embajadas deberán suspender de inmediato la tramitación de visas para los países incluidos, y priorizar la revisión de casos excepcionales. Entre los grupos exentos se encuentran residentes permanentes legales, personas con doble nacionalidad (que viajen con pasaporte de un país no afectado), diplomáticos, funcionarios de organismos internacionales y atletas participantes en competencias como la Copa Mundial 2026 o los Juegos Olímpicos 2028.

El Departamento de Estado ha recalcado que el cumplimiento de la orden debe ir acompañado de una atención adecuada a los derechos de los solicitantes, asegurando que aquellos que califican para exenciones sean evaluados de forma justa. Además, se advierte que habrá auditorías y supervisión interna para verificar la correcta aplicación del decreto en cada misión diplomática.

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