Diferencia entre “beneficios propios” y “beneficios derivados” del Seguro Social de EE.UU.

Los beneficios del Seguro Social se dividen en dos grandes categorías. Comprender la diferencia entre beneficios propios y derivados es clave para planificar tu futuro financiero.

Seguro Social USA: Esta distinción puede marcar una gran diferencia, especialmente en familias con un solo proveedor o en casos de divorcio o fallecimiento.
Seguro Social USA: Esta distinción puede marcar una gran diferencia, especialmente en familias con un solo proveedor o en casos de divorcio o fallecimiento.
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Cuando hablamos del Seguro Social en Estados Unidos, es común pensar en los pagos de jubilación que una persona recibe tras años de trabajo. Sin embargo, existe más de un tipo de beneficio, y es fundamental entender la diferencia entre los beneficios propios y los beneficios derivados, ya que afectan tanto el monto como el derecho a recibirlos.

Los beneficios propios son aquellos que una persona recibe en función de su propio historial laboral. En cambio, los beneficios derivados se otorgan a ciertos familiares de un trabajador calificado, como cónyuges, hijos o padres, y dependen de la elegibilidad del titular principal. Esta distinción puede marcar una gran diferencia, especialmente en familias con un solo proveedor o en casos de divorcio o fallecimiento.

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¿En qué se diferencian y cómo saber cuál te corresponde?

Los beneficios propios se basan en los aportes realizados al Seguro Social a lo largo de tu vida laboral. Para calificar, debes haber trabajado un mínimo de 10 años (40 créditos), lo que te da derecho a recibir pagos mensuales de jubilación, discapacidad o Medicare, según tu edad y situación de salud. El monto dependerá de tus ingresos reportados y del tiempo que hayas contribuido.

Por otro lado, los beneficios derivados permiten que un familiar reciba pagos con base en el historial laboral de otro. Por ejemplo, un cónyuge puede recibir hasta el 50 % del beneficio de jubilación del trabajador, incluso si nunca trabajó. También pueden aplicar viudos(as), exparejas divorciadas (si el matrimonio duró al menos 10 años), hijos menores de edad y, en algunos casos, padres mayores de 62 años a cargo del fallecido.

Es importante aclarar que no se pueden recibir beneficios completos de ambas categorías al mismo tiempo. La Administración del Seguro Social (SSA) pagará el beneficio más alto entre ambos. Por ello, es recomendable analizar cuál conviene más según cada situación familiar.

Conocer esta diferencia te ayudará a tomar mejores decisiones financieras, reclamar los beneficios correctos y evitar confusiones al momento de hacer tus trámites ante el Seguro Social.

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